Puede decirse que los contribuyentes ya sienten en la Provincia de Buenos Aires con la nueva ley impositiva 2013, la que trae una serie de modificaciones de alícuotas y suba de impuestos sobre los Ingresos Brutos, el Inmobiliario, el Impuesto Automotor y el Impuesto sobre Sellos. Un ejemplo es en Ingresos Brutos este sube del 1 al 1,75% sobre la alícuota que alcanza a las actividades de producción primaria y producción de bienes y hasta la actividad de matarife dentro de establecimientos que estén ubicados en la Provincia empezarán a sufrir los impuestos.
Nuevas Tasas y Alicuotas:
No solo es el aumento de impuestos, también el de nuevas tasas, una de ellas es la tasa del 2% relacionada con la producción primaria respecto a inmuebles arrendados, presente en la Provincia bonaerense, y que recae sobre los contribuyentes que presentes entre ingresos gravados, ingresos no gravados y exentos que fueran logrados en el período fiscal anterior, por cualquier actividad, pudiendo ser en la Provincia o fuera de la misma, y superen los $ 10.000.000. También toca la alícuota de la construcción y actividades relacionadas a ella, subirá desde el 3,5% al 4%.
Por otro lado sube al 7% la alicuota que alcanza as actividades financieras. Siendo del 12% la alicuota en los servicios de explotación de salas de bingo y el servicio de explotación de tragamonedas es decir en el juego de azar.
Otra de las modificaciones será en 4% el impuesto a las actividades de prestaciones de obras y/o servicios, que recae en los contribuyentes que generen ingresos gravados, no gravados y exentos que sean logrados durante el período fiscal anterior, por cualquier actividad, también pudiendo ser en la Provincia o fuera de esta, cuando superen los $ 500.000 pero debajo de los $ 30.000.000.
Impuesto a los sellos:
Otro que se verá afectado es el impuesto a los sellos, este subirá al 20% bajo la circunstancia de que el valor imponible gravado del acto, contrato u operación sea de forma íntegra o parte de ella en moneda extranjera como en dólares u otra divisa.
El Inmobiliario:
Respecto al inmobiliario, queda fijado un tributo básico y un tributo complementario, el tributo básico deberá pagarse por cada uno de los inmuebles teniendo subas del 20% al 60%. El impuesto complementario, deberán pagarlo por cada conjunto de inmuebles de un solo contribuyente. Para lo que realizarán un proceso de revalúo de las propiedades en clubes de campo y así poder saber que tipo de tributo corresponde pagar.
Otro aumento será respecto a la última cuota del año en los impuestos Inmobiliario y de Automotores, que pasa a ser liquidada según la ley 14333, en los inmuebles cuyas valuaciones superen los $350.000, el de los Automotores más de 110.000 pesos.
Imagen: http://www.techlatina.com
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