Formulario Ganancias 572

Para todos aquellos que se vean alcanzados por la nueva disposición de AFIP, esta se encargó de elaborar una especie de guía respecto al «Formulario 572» relacionado con el nuevo sistema “SiRADIG”. Así que todo aquél que deba realizar el Formulario 572 por Ganancias, podrán seguir los pasos que les permita realizar debidamente la nueva aplicación Web Sistema de deducciones del Impuesto a las Ganancias (SiRADIG).


AFIP, sabiendo que pueden enredarse ha sacado una especie de manual de ayuda para que los empleados puedan llegar a utilizar la nueva aplicación y llenar el formulario correctamente, en la que en el paso a paso podrán hacerlos solos. De esta manera es que el empleado-usuario de esta nueva Aplicación Web (SiRADIG) con el nombre más largo llamado Sistema de Registro y Actualización de Deducciones del Impuesto a las Ganancias, y puesto en marcha por la Admnistración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), pone a disposición este nuevo tutorial para empleados. Así es que antes que podrán estudiar el Manual SiRADIG.

AFIP aclara que dicho «Manual», puede sufrir algunas actualizaciones y modificaciones que podrán ser periódicas conforme a novedades que pueda haber, por cambios, actualizaciones que aplica la propia AFIP y también a una mejora en la aplicación SiRADIG.

Dicho manual les muestra en forma sencilla las diferentes funcionales de esta aplicación, a la que podrán acceder los usuarios que sean alcanzados por la denominación de “Trabajador” y queden obligados a tener que informar las novedades como estipula la publicación (RG 3418), siempre que tuvieran acceso al mencionado servicio.  Vía esta RG 3418, es que AFIP pone ne marcha su nueva aplicación especial para el conjunto de (empleados en relación de dependencia, jubilados, pensionados y actores), esos deberán comunicar vía aplicación sus deducciones por el Servicio con Clave Fiscal, que viene a reemplazar al «Formulario 572», que se usaba hasta ahora.

Por lo que, el bautizado servicio “Sistema de Registro y Actualización de Deducciones del Impuesto a las Ganancias (SiRADIG) – TRABAJADOR” , les corresponderá abocarse a este sistema que cumple la funcionalidad del hasta ahora vigente formulario de declaración jurada «F. 572».

Esto hace que tanto empleados, jubilados, pensionados como actores tenga que pasar a informar sobre sus deducciones con nuevo sistema “Sistema de Registro y Actualización de Deducciones del Impuesto a las Ganancias (SiRADIG) – TRABAJADOR” al que deberán acceder con una «Clave Fiscal», teniendo como plazo el 31 de Enero inclusive del año inmediato siguiente al que estén declarando. Además de que tendrán que retener  la documentación que les servirá de respaldo por si se la solicitan para confirmar la información que entreguen en la declración.

Las condiciones de uso son las siguientes:

a) La remuneración bruta, o rentas que fueran obtenidas en cuanto a los actores alcanzados por la Resolución General Nº 2.442, siempre correspondiente al año calendario inmediato anterior al que deba declararse fuera similar o supere los ($ 250.000).

b) Cuando computen en concepto de pago a cuenta del gravamen las percepciones que figuren en la Resolución General 3.418 -comprende a las percepción sobre operaciones de adquisición de bienes y/o prestaciones y locaciones de servicios efectuadas en el exterior que se cancelen mediante la utilización de tarjetas de crédito y/o de compra-siempre  que fueran practicado dentro del período fiscal a liquidarse.

c) Si así lo estableciera el empleador debido a aspectos administrativos.

Mesa de Ayuda al Usuario:

0810-999-AFIP (2347) de lunes a viernes de 8 a 20 horas
Desde tu celular * 2347
mayuda@afip.gov.ar

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