Se han producido importantes cambios en el Regimen Simplificado de Ingresos Brutos de la Ciudad de Buenos Aires. Entre ellos, la confección de las categorías del Regimen Simplificado, eliminandose las dos primeras e integrándolas a la tercera.
A partir de este año, la inscripción en el régimen simplificado de Ingresos Brutos será optativa, algo que no pasaba anteriormente ya que si no se superaba el importe de $ 144.000 de ingresos anuales, la inscripción bajo esta modalidad era obligatoria. Los contribuyentes que no adhieran a esta forma de pago del impuesto deberán hacerlo con el programa aplicativo mensual denominado “SICOL”.
También se aprobó en este 2012 la eliminación de las dos primeras categorías, unificándose todas a partir de la categoría tres. Esto significa un incremento del impuesto para los contribuyentes más pequeños, que pagarán $60 o $120 bimestrales, dependiendo de la alícuota con la que están gravadas sus actividades. Así, habrá 6 categorías de encuadre y el trámite de reubicación de las dos primeras en la tercera lo hará directamente Rentas.
Para el correcto encuadre, los contribuyentes tendrán que observar los siguientes parámetros: los ingresos anuales, la superficie afectada a la actividad y el consumo de energía por el desarrollo de la actividad.
Categorías del Regimen Simplificado CABA
como consecuencia de las modificaciones al Código Fiscal y la Ley Tarifaria para el año 2012 la inscripción del Impuesto sobre los Ingresos Brutos – Régimen Simplificado. será de carácter optativo y se pagará bimestralmente.
Los vencimientos operarán de acuerdo al siguiente cronograma:
DV | 0 a 1 | 2 a 3 | 4 a 5 | 6 a 7 | 8 a 9 |
1 | 20/03/2012 | 21/03/2012 | 22/03/2012 | 23/03/2012 | 26/03/2012 |
2 | 21/05/2012 | 22/05/2012 | 23/05/2012 | 24/05/2012 | 28/05/2012 |
3 | 20/07/2012 | 23/07/2012 | 24/07/2012 | 25/07/2012 | 26/07/2012 |
4 | 20/09/2012 | 21/09/2012 | 24/09/2012 | 25/09/2012 | 26/09/2012 |
5 | 20/11/2012 | 21/11/2012 | 22/11/2012 | 23/11/2012 | 27/11/2012 |
6 | 21/01/2013 | 22/01/2013 | 23/01/2013 | 24/01/2013 | 25/01/2013 |
A partir del periodo fiscal 2012 habrá seis (6) categorías de contribuyentes de acuerdo a las bases imponibles gravadas y a los parámetros máximos de las magnitudes físicas (“superficie afectada” y “energía eléctrica consumida”).
Es importante señalar que las categorías I y II serán eliminadas. Por lo tanto, los contribuyentes que este año (2011) se encuentran en dichas categorías, serán recategorizados a la mínima establecida en el cuadro siguiente (categoría III).
Categoría | Base Imponible | Superficie Afectada | Energía Eléctrica consumida | Impuesto para actividades con Alícuotas | ||||
Más de | Hasta | Del 3% y superiores | Inferiores al 3% | |||||
Anual | Bimestral | Anual | Bimestral | |||||
III | 0 | 36.000 | 45 m2 | 5.000 KW | $720.- | $120.- | $360.- | $60.- |
IV | 36.000 | 48.000 | 60 m2 | 6.700 KW | $1.080.- | $180.- | $540.- | $90.- |
V | 48.000 | 72.000 | 85 m2 | 10.000 KW | $1.440.- | $240.- | $960.- | $160.- |
VI | 72.000 | 96.000 | 110 m2 | 13.000 KW | $2.180.- | $363.- | $1.080.- | $180.- |
VII | 96.000 | 120.000 | 150 m2 | 16.500 KW | $2.880.- | $480.- | $1.440.- | $240.- |
VIII | 120.000 | 144.000 | 200 m2 | 20.000 KW | $3.600.- | $600.- | $1.800.- | $300.- |
Formas de Pago del Regimen Simplificado CABA
Una buena noticia es que se aprobó la devolución del 50% del valor de una cuota anual del impuesto para los contribuyentes que adhieran a la modalidades de pago que fije la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos (AGIP), que seguramente será para los que adhieran al pago bajo la modalidad de débito automático.
Para aquellos que no se incluyan aquí, la Boleta de pago se deberá imprimir de forma bimestral a través del sistema online de la AGIP, al que se accede con la Clave Ciudad. ¿Como solicitar la Clave Ciudad? Hay dos formas: una a través del Sistema Online de la AFIP, al que accede con clave fiscal, y otra es solicitando la Clave Ciudad en cualquier dependencia de rentas de la Ciudad de Buenos Aires.
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