AFIP, estableció una prórroga de ganancias para los trabajadores autónomos, igual como lo había echo para los empleados en relación de dependencia alcanzados por el tributo. Por lo tanto, debido a la precariedad de los cambios realizados, se equiparó la situación y de esta manera, el impuesto del año 2010 se liquidará en 2012.
En enero del año 2011 la AFIP dispuso la postergación a los trabajadores en relación de dependencia, hasta el año 2012 y no aclaró nada sobre los independientes. De no haberse establecido dicha prorroga, el proximo mes cuando liquidacen el impuesto a las ganancias iban a abonar saldos a favor mayores al fisco nacional.
Debiéndose realizar doble cálculo tanto para los empleados en relación de dependencia como para los autónomos, ya que además de hacer la liquidación utilizando las tablas del año 2009, en un papel de trabajo confeccionar la liquidación con los valores establecidos durante el año 2010, que elevan el mínimo no imponible en un 20%.
Deducciones Impuesto a las Ganancias año 2010 y 2011 | ||
Concepto | Actuales según la Decreto Nº 1.426/2008 | Resolución General Nº 2.866 |
A) Ganancias no Imponibles Artículo 2, inciso a) | $ 9.000.- | $ 10.800.- |
B) Deducción por Carga de Familia Articulo 23, inciso b) | ||
1 – Cónyuge | $ 10.000.- | $ 12.000.- |
2 – Hijos | $ 5.000.- | $ 6.000.- |
3 – Otras Cargas de Familia | $ 3.750.- | $ 4.500.- |
C) Deducción Especial Articulo 23, inciso c), primer párrafo – Trabajadores Autónomos | $ 9.000.- | $ 10.800.- |
D) Deducción Especial Artículo 23, inciso c), Artículo 79, inciso a), b) y c) | $ 43.200.- | $ 51.400.- |
Para el cálculo de los anticipos, tanto las retenciones que realizan las empresas en los salarios de sus empleados como los anticipos pagados por los autónomos se deberá tomar las tablas aprobadas por resolución el año 2010.
necesito recuperar el formulario que se me fue impreso pero por problema con la impresora fue borrado