Presentación declaraciones juradas informativas de Ganancias y/o Bienes Personales

El próximo 2 de Julio de este año vence el plazo para presentar las declaraciones juradas informativas de Ganancias y/o Bienes Personales. Para los Trabajadores en relación de dependencia. Declaraciones juradas informativas de Ganancias y/o Bienes Personales. Así todos aquellos que sean Trabajadores en relación de dependencia deben de Recordar que el lunes 2 de Julio les vence el plazo para la presentación de las declaraciones juradas informativas de los Impuestos a las Ganancias y/o Sobre los Bienes Personales, es decir aquellas que no arrojan impuesto a pagar. Pueden seguir pro aquí la actualización sobre los Vencimientos Bienes Personales 2012.


Monotributistas:

Declaración Jurada de Bienes Personales:

Ante la pregunta de si se ¿Es inscripto o tuvo bienes a su nombre el 31 de Diciembre de 2011 superior $ 305000? – Valuados según Ley 23.966 Art. 22 para bienes situados en el país y Art. 23 para bienes situados en el exterior. En caso de ser (Si).

Tiene en este caso presentar la Declaración Jurada anual mediante la versión del programa aplicativo “Ganancias Personas Físicas y Bienes Personales” y completar solo en la parte de Bienes Personales.

Declaración Jurada de Ganancias:

En caso de ser un Monotributista en cada una de las actividades comerciales, No tendrán que presentar la Declaración Jurada del Impuesto a las Ganancias.

Empleados en Relación de Dependencia:

Los que están obligados a presentar declaraciones juradas anuales del Impuesto a las Ganancias y/o del Impuesto sobre los Bienes Personales son:

-Los empleados

-Los actores que perciban sus ingresos a través de la Asociación Argentina de Actores

Si su Situación es Alguna de estas:

-Obligados a presentar declaración jurada anual del Impuesto a las Ganancias

-Quienes se encuentren inscriptos en el impuesto,

-Quienes percibieron ingresos brutos iguales o superiores a $ 144.000 en el año anterior.

-Obligados a presentar declaración jurada del Impuesto sobre los Bienes Personales

-Quienes se encuentren inscriptos en el impuesto

-Quienes al 31 de Diciembre del año anterior posean bienes que –valuados según la normativa vigente- superen los $ 305.000.

-Empleados en relación de dependencia cuyas remuneraciones brutas, percibidas durante el año anterior, resulten iguales o superiores a $96.000

Los actores con ingresos percibidos mediante la Asociación Argentina de Actores durante el año anterior, resulten iguales o superiores a $96.000

Las declaraciones juradas de empleados en relación de dependencia tienen como plazo presentarlas hasta el 30 de Junio (*), inclusive, del año siguiente  al cual corresponde la información declarada -las del Período Fiscal 2010, vencen el 30 de Junio de 2011-.

En caso de tener como saldo a pagar o a favor del contribuyente, o están inscriptos alguno de los impuestos (Ganancias o Bienes Personales), en ese caso tendrán que revisar el vencimiento general que les corresponda.

Si por alguno de los impuestos, el resultado sea a pagar, tendrá regirse por el vencimiento general que les corresponde; y si el impuesto el resultado no sea a pagar, el vencimiento para la declaración jurada informativa será el 30 de Junio (*).

(*) Para el período 2011, al caer el 30 de Junio de 2012 cae sábado, el vencimiento se corre al 2 de Julio de 2012. Pueden hacer el seguimiento de los vencimientos generales en la “ Agenda de Vencimientos ”.

Deducciones:
Mientras que, los empleados en relación de dependencia deben informar las deducciones, esto es cuando comienza la relación laboral y, en los 10 días hábiles de los cambios en los datos, para lo que deben usar el formulario de declaración jurada F. 572 o el sistema informático implementado por su empleador.

Si en sus casos tienen más de un empleador la información extra a dar es:

Todo aquellos agentes de retención que estén pagando remuneraciones más altas, en ese caso el total de las remuneraciones, retribuciones u otro tipo de ganancia, percibida en el año fiscal por otras personas o entidades, y las deducciones imputables a estas discriminadamente por concepto. Por el lado de personas o entidades que abonen  otras remuneraciones; deben tener en cuenta los datos del agente de retención que fuera designado por el pago de las remuneraciones más altas, estos datos a saber son: Apellido y nombres o denominación o razón social, domicilio y Clave Única de Identificación Tributaria. Hay que tener en cuenta que en el término de los 10 días hábiles del inicio de cada año; el reemplazo del agente de retención, al cambiar el empleador que pague las remuneraciones más altas.

Otros aspectos a tener en cuenta y que pueden consultar vía AFIP es:

Exenciones para la cuarta categoría

Cómo confeccionar las Declaraciones Juradas de Ganancias
Cómo confeccionar la Declaraciones Juradas de Bienes Personales

Diferencias que pudieran surgir al confeccionar la declaración del Impuesto a las Ganancias
Cómo presentar las Declaraciones Juradas generadas y cómo pagar el saldo

Guía de Bienes Personales:

Valuacion de Vehiculos de Transporte para Bienes Personales en 2012

Valuacion de motos para Bienes Personales en 2012

Tabla Valuacion Bienes Personales Camiones 2012

Tabla Valuacion Bienes Personales Automotores 2012

2 comentarios

  1. COMO TE ENTERAS SI TENES QUE PRESENTAR BIENES PERSONALES? LA AFIP TE INFORMA, TRABAJO EN RELACION DE DEPENDENCIA EN EL 2009 EN MI TRABAJO PASARON UNA LISTA DE QUIENES DEBIAN HACERLO, YO ESTABA CON LICENCIA POR MATERNIDAD Y NO FIGURE, AL AÑO SIGUIENTE 2010, TAMPOCO FIGURE, YA QUE ESTUVE 5 MESES SIN APORTES POR UNA EXCEDENCIA,Y AL AÑO SIGUIENTE 2011, NO ENVIARON MAS LA LISTA ASI QUE NUNCA PRESENTE ESA DECLARACION

Dejar una contestacion

Tu dirección de correo electrónico no será publicada.


*