Impuesto sobre los Bienes Personales es el actual impuesto que grava los bienes personales como su nombre lo indica pero no es solo un tributa más del sistema tributario argentino ya que tiene una interesante historia detrás. El Impuesto al Patrimonio como se lo conocía antes o algunos lo siguen llamando, nace en 1972 con la Ley 20.046 que creaba el Impuesto al Patrimonio Neto, anterior al Impuesto sobre Bienes Personales que rige actualmente.
Dicho tributo bajo tal nombre «Impuesto al Patrimonio Neto», tuvo corta vida ya que en el año 1973 se decidió derogar con la Ley 20.069 el impuesto para ser reemplazado por el tributo sobre el capital de las empresas, debiendo tributar tanto los patrimonios de las personas físicas como las sucesiones indivisas por entonces.
El objetivo primigenio del Impuesto era que todos los que tuvieran un fuerte patrimonio tributaran porporcionalmente, pero a medida que avanzararon los años y los cambios actualmente muchos sufren una injusta presión tributaria cuando en verdad no tiene tan alto patromonio.
Nuevamente fue prueba y erro ya que habia dificultades para aplicarlo y de reglamentación, en su momento se adujo una compleja redacción, quedando trunco en 1973 y 1974. En 1976 se dió una reforma impositiva que daba lugar a un impuesto como el de sobre el Patrimonio Neto tomando como año fiscal 1975, y vivió hasta 1989, una vida de 14 años.
En medio en 1985, sufrió una modificación bajo la Ley 23.297, ya con la vuelta a la democrácia y un nuevo escenario económico. El Gobierno radical de Alfonsín en 1989, decidió derogar en 1990 el Impuesto al Patrimonio Neto. Ya en 1991, como excusa de los ingresos de la clase pasiva, se aprobó con la Ley 23.996, el Impuesto sobre el Patrimonio Bruto de las Personas Físicas, tomando como base los bienes de los sujetos dejando afuera la deducción de sus deudas, este se llamaba «Impuesto sobre los Bienes Personales no Afectados al Proceso Económico».
El Impuesto sobre los Bienes Personales no Afectados al Proceso Económico, ofrecia exenciones como lo relacionado con la base de imposición, tenía ciertas fórmulas de valorar algunos bienes como los suntuarios, además de las altas tasas.
Fue otro intento trunco ya que entre los varios problemas pasaba por un alto grado de malos o escasos controles. Ya en 1995 se lo reformó casi en su totalidad, además de que al Gobierno le urgia recaudar por lo que mediante la Ley 24.468 se modificó el impuesto como:
-Nuevas derogaciones en exenciones a las inversiones financieras en Argentina
-La reducción de la tasa
-Una nueva figura del responsable sustituto para algunos bienes del país de empresas extranjeras.
Algo que por entonces propició la economía argentina fue el retocar la eliminación de exenciones sobre activos financieros, que en la actualidad están eximidas -incisos g) y h) del artículo 21 de la Ley-. Los cambios que trajo la Ley 26.317 fueron sustanciales en el tiempo y en el sistema tributario nacional.
Es dónde aparece el Mínimo no Imponible por entonces gravaba la diferencia entre el valor computable de bienes tomando ($102.300), además de incluirle el nuevo monto base de $305.000 en el articulado junto a los demás conceptos exentos. También se daba la inclusión de obligar a las sociedades al ser estas Responsables sustitutos a tener que ingresar, según el porcentaje de participación de tenencia de la persona física en el capital, del 0,50% del Valor Patrimonial Proporcional de las acciones, toda una novedad hoy no tanto.
La novedad y dolor de cabeza era que todo el que tuviera una participación accionaria y no era alcanzado por el impuesto debía tributar a partir de la nueva figura. Con la ironía de que los que tuvieran paquete accionario más alto que el de la pequeña participación mencionada solo tributaban a la tasa más baja del 0,5% lo que era un gran alivio ya que venían tributando la tasa más alta de la escala.
Fuente: iProfesional
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