Certificado de Exención del Impuesto a las Ganancias

Mediante la Resolución General N° 2.681, la AFIP ha creado el Certificado de Exención en el Impuesto a las Ganancias y modifica el procedimiento aplicable para la obtención del reconocimiento del beneficio. Esto será a partir de la entrada en vigencia de la resolución, el 4 de enero de 2010.
Este certificado servirá para que las entidades comprendidas en las previsiones de los incisos b), d), e), f), g), m) y r) del Artículo 20 de la Ley de Impuesto a las Ganancias, acrediten el reconocimiento del beneficio a los fines de:

  • No ingresar el impuesto a las ganancias.
  • No ser pasibles de las retenciones y/o percepciones en el impuesto a las ganancias.
  • No ser pasibles de las retenciones y/o percepciones en el impuesto al valor agregado, en el caso de los sujetos comprendidos en el inciso f), y en los puntos 5. y 6. del inciso h) del Artículo 7° de la Ley de Impuesto al Valor Agregado.
  • Estar alcanzadas por las alícuotas reducidas, o exentas, del impuesto sobre los créditos y débitos en cuentas bancarias y otras operatorias.

Para tramitar el Certificado de Exención en el Impuesto a las Ganancias, se implementa un nuevo procedimiento el cual contempla:

  • la remisión de información mediante la utilización del programa aplicativo denominado “AFIP DGI – CERTIFICADO DE EXENCION EN GANANCIAS” y la remisión de información mediante el servicio con Clave Fiscal denominado “CERTIFICADO DE EXENCION EN EL IMPUESTO A LAS GANANCIAS”.
  • un procedimiento simplificado para determinadas entidades, las que no deberán utilizar el programa aplicativo para la tramitación.

Las entidades que -a la fecha de entrada en vigencia de esta resolución general– posean un certificado de reconocimiento vigente (Formularios Nros. 709, 709-Nuevo Modelo, 411, 409 y 373) tramitado de acuerdo con las normas vigentes, obtendrán en forma automática el Certificado de Exención en el Impuesto a las Ganancias.

2 comentarios

  1. Hola,, yo trabajo en relacion de dependencia y me descuentan impuesto a las ganancias…¡¿YO TENGO CERTIFICADO DE DISCAPACIDAD SE PUEDE QUEDAR EXCENTO AL IMPUESTO HAY ALGUNA LEY. COMO LA DE LOS HIJOS QUE REDUCE EL IMPUESTO.
    MUCHAS GRACIAS

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