Mientras el tiempo corre y muchos contribuyentes están de vacaciones deben apurarse a volver si es que no lo hicieron antes de irse, para tramitar la devolución del recargo del 20% y/o 35% ante AFIP; por lo que es imprescindible conocer los requisitos y condiciones el listado completo de datos solicitado por AFIP para validar y devolver el recargo del 35%. Por lo que les ofrecemos toda la información sobre Devolucion recargos 20% y 35%: lista de datos que solicita AFIP.
AFIP les viene envíando a los contribuyentes que iniciaron el trámite el listado de datos que deben aportar. Se trata de una lista de solicitudes sobre:
Facturación
Documentación
Cuentas bancarias
Devolucion recargos 20% y 35%: lista de datos que solicita AFIP
Todos estos datos deben ser del contribuyente que solicita la devolución de los recargos del 20% y 35%. Mientras se dan largas colas de contribuyentes en las oficinas de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) para solicitar la devolución de las percepciones del 35% como los que No pagan ni Ganancias ni Bienes Personales.
Además existe un micrositio lanzado por AFIP y una guía paso a paso de cómo solicitar la devolución de las percepciones para lo que deben cumplir con el listado de requerimientos para que AFIP valide y apruebe la devolución del recargo del 35%.
También Pueden Consultar:
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Requerimientos AFIP:
Se trata de una Nota con carácter de declaración jurada:
-Si se ha utilizado alguno de los importes solicitados como devolución de percepciones sufridas para la cancelación de algún concepto que recauda la AFIP.
-Si los respectivos agentes de percepción han anulado o reintegrado las percepciones practicadas.
-Si se han incorporado en el F. 746/A percepciones que no se encuentren informadas en la pagina de la AFIP en el link “Mis Retenciones” debiendo en dicho caso, especificar las mismas aportando documentación respaldatoria.
-Planilla con detalle mensual de ingresos habituales y eventuales percibidos/cobrados en los periodos fiscales por los cuales solicita devolución de las percepciones y que justifiquen las erogaciones que originan las mismas.
-Si poseen mas de una cuenta bancaria (corriente o caja de ahorro) y realizar transferencias entre las mismas, deben aportar la planilla de trabajo donde se visualicen mes por mes y copias de resúmenes de las cuentas por los años calendarios por los que solicita la devolución.
-Si son titulares de una única cuenta y de haberse efectuado en estas acreditaciones por ingresos eventuales como: prestamos, venta de bienes, plazo fijo, entre otros, aportar planilla con el detalle mensual con copia de la documentación probatoria.
-Si trabajan en relación de dependencia, aportar la planilla de trabajo con detalle mensual de: sueldo bruto, deducciones efectuadas, sueldo neto percibido por los años calendario por los cuales solicita devolución, informando totales anuales por cada columna.
-Sin son Monotributista, deben aportar la planilla de trabajo mensual con el detalle de los ingresos facturados y percibidos (exhibir comprobantes).
-Si no presentaron en tiempo y forma las declaraciones juradas en Ganancias/Bienes Personales, deben cumplimentar con lo requerido por los periodos fiscales solicitados.
Guia Paso a Paso del Trámite:
El trámite para solicitar la devolución de las percepciones:
Contribuyentes Habilitados a Solicitar la Devolución de las Percepciones:
Los que no pagan Impuesto a las Ganancias ni Bienes Personales que viajaron al exterior y realizaron compras con tarjetas, adquirieron paquetes turísticos o dólares para ahorro.
Empleados en relación de dependencia
Jubilados
Monotributistas y Autonomos
Que, por su patrimonio, no están obligados a tributar Bienes Personales y que sufrieron percepciones.
Contribuyentes de Ganancias y/o Bienes Personales:
Pueden aplicar los recargos del 20% o 35% como pago a cuenta de Ganancias y/o Bienes Personales.
Dónde Hacer el Trámite ante AFIP:
Pueden hacerlo en una agencia de AFIP -con previo turno online-o desde la Web (www.afip.gov.ar).
Requisitos Minimos:
-Para empezar el trámite deben tener CUIT
AFIP ya No exige tener registrados y aceptados los datos biométricos
-Contar con Clave Fiscal con nivel de seguridad 3.
Si no tienen CUIT o Clave Fiscal debene tramitarlo en agencias de AFIP que le corresponda según su domicilio.
Trámites en la Web de AFIP:
-Los trámites que pueden realizar desde la Web de AFIP.
Primero ingresar a la Web de AFIP con Clave Fiscal
-Seleccionar opción «Mis aplicaciones web»
-Dentro de dicha opción cliquear «nuevo»
-En la pestaña con los campos «organismo» y «formulario».
-En el primer campo deben poner «AFIP» y en el segundo «F.460/A – Devoluciones y transferencias».
-Luego se habilitará la sección «período fiscal», deberán completar el mes y el año (el formato es AAAAMM) en el que se realizaron las operaciones.
-El último paso, será en el apartado «Mis retenciones» donde figuran las percepciones sufridas.
-Deberán seleccionar las percepciones que solicitan que les devuelva AFIP y cliquear en «presentar». Si faltara alguna, podrán ingresala manualmente.
Cómo Informa el CBU para que AFIP les Deposite los Montos de los Recargos:
Para realizar el trámite de devolución, deben informar el CBU de una cuenta bancaria, es el dato con que AFIP podrá transferir la devolución del o los recargos.
-Primero, ingresar al servicio «Declaración de CBU para cobros de origen tributario, aduanero y de la seguridad social» y presionar sobre el botón «ingresar».
-Segundo ingresar el número del CBU de la cuenta respetando el formato requerido por el sistema (8 dígitos – 14 dígitos) y cliquear en «consultar».
Aparecerán los datos de la cuenta. Si son correctos, deberán confirmarlo clickeando en «registrar».
Devolución Total o en Cuotas:
Las devoluciones no se realizarán todas juntas ni de una sola vez.
Será en cuotas y un tope máximo de 6.000 pesos.
AFIP Calendario de Pagos Devolución Recargos 20% y 35%:
En la primera fecha se devolverá más del 50% de los fondos.
-Primera cuota:
Martes 16 de Febrero
Inicia el proceso de devolución automática de las solicitudes ingresadas por los períodos de 2012 al 2014.
-Segunda cuota:
Viernes 11 de Marzo
Si las percepciones solicitadas superan los $6.000, el reintegro se pagará en cuotas mensuales:
Si un contribuyente tiene acumulados $19.500, cobrará en tres cuotas de $6.000 la primera el 16 Febrero, el 13 Abril y el 12 Mayo y una de $1.500, será efectivizada el 14 de Junio.
-Tercera cuota:
Miercoles 13 de Abril
-Cuarta cuota:
Jueves 12 de Mayo
-Quinta cuota:
Martes 14 de Junio
-Sexta cuota:
Jueves 14 de Julio.
Según estimaciones de AFIP, existen entre 15 y 20 millones de pesos que no fueron reclamados por los contribuyentes.
Devolución Percepciones Realizadas Durante 2015:
-Al solicitar las devoluciones de las percepciones de 2015, según AFIP deberán esperar hasta la presentación de las declaraciones juradas en Abril/Mayo de 2016.
-Esto se debe a que, al vencimiento de la obligación, podrá conocer cual es la verdadera situación del contribuyente de ese periodo.
-Ya todas las solicitudes por 2015 quedaron grabadas aunque empzarán a ser procesadas a mediados de2016. Dichas devoluciones serán desde Agosto 2016.
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