Los contribuyentes deben apurar el trámite de la devolución del recargo del 20% y/o 35% ante AFIP; para lo que deben cumplir con los requisitos y condiciones del listado de datos solicitado para validar la devolucion del recargo del 20% y 35%. Por lo que deben tener en cuenta “AFIP Devolucion Percepciones: Formulario F746/A”.
AFIP Devolucion percepciones Formulario F746/A
AFIP aclaró que la solicitud de la devolución de los recargos del 20% y 35% es a través de presentar el Formulario Web 746 trámite que no tiene vencimiento, o mejor dicho es hasta fin de año. Para lo que pueden ingresar AQUI
Quienes Deben Presentar el Formulario F746/A:
El Formulario Web 746 deben presentarlo:
-Los que no están inscriptos en Ganancias ni en Bienes Personales
-Los que están inscriptos en Bienes Personales
-Los monotributistas no inscriptos en Bienes Personales
-Los empleados en relación de dependencia que no pagan Ganancias Cuarta categoría
Deben realizar el trámite para evitarse esperas y tener que hacer largas colas en la agencia de AFIP que les corresponda.
A partir del Lunes 25 Enero 2016 ya pueden tramitar el turno Web debiendo elegir el trámite desde “Devolución de Percepciones – F.746/A”, para obtener la CUIT y/o Clave Fiscal.
Aclaración:
Turnos Online AFIP:
Quiénes Están Exentos de Tramitar Turnos Online:
AFIP ya aclaró que el turno online no deben tramitarlo:
-Embarazadas
-Personas mayores de 70 años
-Personas con movilidad reducida
Además de que tendrán atención prioritaria cuando concurran a las agencias AFIP.
Completar el Formulario:
Luego podrán completar el formulario en la Web de AFIP, algo que no se ha modificado.
Presentar Datos Biométricos:
La registración de los datos biométricos como: fotografía, firma, huella dactilar y presentar el DNI ya no será obligatorio para el trámite, lo que agilizará las solicitudes de devolución de recargos por dólar ahorro y turista.
Clave Fiscal:
-La Clave Fiscal nivel 3 debían tramitarla obligatoriamente mediante un trámite presencial.
Requisitos que se Mantienen:
Registrar el CUIT
Tener Clave Fiscal nivel 2
Tener un CBU bancario
Estos datos siguen siendo necesarios.
Dichos datos no los tienen todos los contribuyentes, por lo que debieron ir hasta una agencia de AFIP.
AFIP, realizará el cruzamiento de datos para saber si el contribuyente podrá justificar la percepción del monto, ya que deben cumplir con las condiciones tributarias.
Calendario de Devolución de Cuotas en Cuenta Bancaria: 2012-2014
AFIP, estima reclamos por $20.000 millones de reintegros entre 2012 y 2014.
Las solicitudes por los recargos fueron subiendo en las últimas semanas, las agencias de AFIP en todo el país recibieron a 100.000 contribuyentes, de las que 47.000 están habilitados para cobrar las devoluciones de los recargos en la cuenta bancaria:
-Primera cuota:
Martes 16 de Febrero
-Segunda cuota:
Viernes 11 de Marzo
-Tercera cuota:
Miercoles 13 de Abril
-Cuarta cuota:
Jueves 12 de Mayo
-Quinta cuota:
Martes 14 de Junio
-Sexta cuota:
Jueves 14 de Julio.
Devolución Recargos 2015:
Las percepciones o recargos del 20% y 35% de 2015 se devolverá en el segundo semestre de 2016, todavia AFIP no comunicó la forma de la devolución.
También Pueden Consultar:
Como recuperar recargos de AFIP por dólar ahorro y gastos turísticos
Monotributistas y Autonomos: devolucion recargo 20% y 35%
Tutorial como tramitar la devolucion del recargo 35%
Contribuyentes que No Tributan Ganancias Ni Bienes Personales:
Los contribuyentes que no sean alcanzados por el Impuesto a las Ganancias y/o Bienes Personales pueden solicitar la devolución de percepciones por compra de dólar o compras con tarjetas en el exterior, tramitando la devolución de los recargos del 20% y 25% por compra dólar ahorro y dólar turismo, respectivamente.
El trámite pueden hacerlo presencialmente o por Internet desde la Web de AFIP (www.afip.gob.ar). Es una gran oportunidad para los contribuyentes que no tenían la oportunidad de solicitar la devolución de las percepciones sufridas por:
-Compra de dólar ahorro / turista
-Compras con tarjetas de crédito y de débito en comercios del exterior
-Compras en Webs del exterior con Tarjeta.
Los contribuyentes inscriptos en el Monotributo y los que no sabían o no podian hacer el trámite pueden consultar la guia paso a paso de cómo hacer el trámite para recibir los montos retenidos por los recargos del 20% y/o 35% en sus cuentas bancarias.
No basta con haber comprado dólar ahorro y/o dólar turismo, deben cumplir con los requisitos para solicitar la devolución de las percepciones por operaciones con moneda extranjera, como:
-No estar inscripto en Ganancias ni en Bienes Personales
-Tener CBU para que AFIP les deposite los montos retenidos
-Tener Clave Fiscal con Nivel de Seguridad 3
Clave Única de Identificación Tributaria (C.U.I.T.):
Si no tienen CUIT (Clave Única de Identificación Tributaria) deben:
Tramitar en la oficina de AFIP correspondiente a la jurisdicción
Presentar el Formulario F.460/F por duplicado
DNI (Documento Nacional de Identidad)
Dos constancias del domicilio fiscal que se declara.
Ya no es obligatorio ir a una delegación de AFIP para registrar los datos biométricos, pero si para tramitar Clave Fiscal con Nivel de Seguridad 3 provisoria, que luego debe ser aceptada siguiendo una seire de pasos.
Gran parte del trámite se realiza por Internet, por la Web al servicio “Declaración de CBU (clave bancaria uniforme) para cobros de origen tributario, aduanero y de seguridad social”.
Luego ingresar en “mis aplicaciones web” para llenar el formulario F746/A de “Devoluciones y Transferencias”.
Registrar CBU:
Para solicitar la devolución de las percepciones por compra de dólares y compras con tarjetas en el exterior deben registrar la Clave Bancaria Uniforme (CBU), para que AFIP les transfieran los montos retenidos:
-Entrar al sitio www.afip.gob.ar.
-ingresar en “Acceso con Clave Fiscal” e ingresar el número de CUIT y la Clave Fiscal.
-Ingresar en “Declaración de CBU para cobros de origen tributario, aduanero y de la seguridad social”.
Ingresar la Solicitud:
-Acceder a “Mis Aplicaciones Web”.
-Completar el Formulario 746/A (Devoluciones y transferencias)
Deben completar los campos:
-Organismo: AFIP.
-Tipo Formulario: Declaración Jurada.
-Formulario: F746/A – Devoluciones y transferencias.
-Versión: Seleccionar la vigente.
-Período Fiscal: Indicar el período por el cual se solicita la devolución con el formato AAAAMM (Años mes).
Si no hay percepciones registradas en el sistema podrán agregarlas desde la opción “Agregar percepción”.
El sistema les pedirá que indiquen:
El origen
Las/s tarjeta/s
-La fecha de pago del resumen y/o liquidación/fecha de débito
-El monto de la percepción.
So no están habilitados los servicios, deberán habilitarlo mediante la opción “Administrador de relaciones de clave fiscal”.
Solicitar la Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) en la dependencia de AFIP que corresponda a su domicilio fiscal, mediante la presentación del Formulario F. 460/F por duplicado, DNI y dos constancias del domicilio fiscal que se declara (facturas de servicio o un certificado policial, por ejemplo).
Clave Bancaria Uniforme (C.B.U.)
Cómo Ingresar a “Mis Aplicaciones Web:
Requerimientos AFIP:
Se trata de una Nota con carácter de declaración jurada:
-Si se ha utilizado alguno de los importes solicitados como devolución de percepciones sufridas para la cancelación de algún concepto que recauda la AFIP.
-Si los respectivos agentes de percepción han anulado o reintegrado las percepciones practicadas.
-Si se han incorporado en el F. 746/A percepciones que no se encuentren informadas en la pagina de la AFIP en el link “Mis Retenciones” debiendo en dicho caso, especificar las mismas aportando documentación respaldatoria.
-Planilla con detalle mensual de ingresos habituales y eventuales percibidos/cobrados en los periodos fiscales por los cuales solicita devolución de las percepciones y que justifiquen las erogaciones que originan las mismas.
-Si poseen mas de una cuenta bancaria (corriente o caja de ahorro) y realizar transferencias entre las mismas, deben aportar la planilla de trabajo donde se visualicen mes por mes y copias de resúmenes de las cuentas por los años calendarios por los que solicita la devolución.
-Si son titulares de una única cuenta y de haberse efectuado en estas acreditaciones por ingresos eventuales como: prestamos, venta de bienes, plazo fijo, entre otros, aportar planilla con el detalle mensual con copia de la documentación probatoria.
-Si trabajan en relación de dependencia, aportar la planilla de trabajo con detalle mensual de: sueldo bruto, deducciones efectuadas, sueldo neto percibido por los años calendario por los cuales solicita devolución, informando totales anuales por cada columna.
-Sin son Monotributista, deben aportar la planilla de trabajo mensual con el detalle de los ingresos facturados y percibidos (exhibir comprobantes).
-Si no presentaron en tiempo y forma las declaraciones juradas en Ganancias/Bienes Personales, deben cumplimentar con lo requerido por los periodos fiscales solicitados.
Guia Paso a Paso del Trámite:
El trámite para solicitar la devolución de las percepciones:
Contribuyentes Habilitados a Solicitar la Devolución de las Percepciones:
Los que no pagan Impuesto a las Ganancias ni Bienes Personales que viajaron al exterior y realizaron compras con tarjetas, adquirieron paquetes turísticos o dólares para ahorro.
Empleados en relación de dependencia
Jubilados
Monotributistas y Autonomos
Que, por su patrimonio, no están obligados a tributar Bienes Personales y que sufrieron percepciones.
Contribuyentes de Ganancias y/o Bienes Personales:
Pueden aplicar los recargos del 20% o 35% como pago a cuenta de Ganancias y/o Bienes Personales.
Dónde Hacer el Trámite ante AFIP:
Pueden hacerlo en una agencia de AFIP -con previo turno online-o desde la Web (www.afip.gov.ar).
Requisitos Minimos:
-Para empezar el trámite deben tener CUIT
AFIP ya No exige tener registrados y aceptados los datos biométricos
-Contar con Clave Fiscal con nivel de seguridad 3.
Si no tienen CUIT o Clave Fiscal debene tramitarlo en agencias de AFIP que le corresponda según su domicilio.
Trámites en la Web de AFIP:
-Los trámites que pueden realizar desde la Web de AFIP.
Primero ingresar a la Web de AFIP con Clave Fiscal
-Seleccionar opción “Mis aplicaciones web”
-Dentro de dicha opción cliquear “nuevo”
-En la pestaña con los campos “organismo” y “formulario”.
-En el primer campo deben poner “AFIP” y en el segundo “F.460/A – Devoluciones y transferencias”.
-Luego se habilitará la sección “período fiscal”, deberán completar el mes y el año (el formato es AAAAMM) en el que se realizaron las operaciones.
-El último paso, será en el apartado “Mis retenciones” donde figuran las percepciones sufridas.
-Deberán seleccionar las percepciones que solicitan que les devuelva AFIP y cliquear en “presentar”. Si faltara alguna, podrán ingresala manualmente.
Cómo Informa el CBU para que AFIP les Deposite los Montos de los Recargos:
Para realizar el trámite de devolución, deben informar el CBU de una cuenta bancaria, es el dato con que AFIP podrá transferir la devolución del o los recargos.
-Primero, ingresar al servicio “Declaración de CBU para cobros de origen tributario, aduanero y de la seguridad social” y presionar sobre el botón “ingresar”.
-Segundo ingresar el número del CBU de la cuenta respetando el formato requerido por el sistema (8 dígitos – 14 dígitos) y cliquear en “consultar”.
Aparecerán los datos de la cuenta. Si son correctos, deberán confirmarlo clickeando en “registrar”.
Devolución Percepciones Realizadas Durante 2015:
-Al solicitar las devoluciones de las percepciones de 2015, según AFIP deberán esperar hasta la presentación de las declaraciones juradas en Abril/Mayo de 2016.
-Esto se debe a que, al vencimiento de la obligación, podrá conocer cual es la verdadera situación del contribuyente de ese periodo.
-Ya todas las solicitudes por 2015 quedaron grabadas aunque empzarán a ser procesadas a mediados de2016. Dichas devoluciones serán desde Agosto 2016.
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