Deudas tributarias de pequeños productores de maíz y trigo

En el boletín con fecha 06/05/2010,  la AFIP (Administración Federal de Ingresos Públicos) dispuso mediante la RG (Resolución General) nº 2824 un nuevo mecanismo para que los pequeños productores de maíz y trigo puedan cancelar sus obligaciones tributarias, según las nuevas disposiciones del Gobierno Nacional.

Esta medida establecida por el Estado denominada
“régimen de compensación «tiene previsto que los productores cuya producción no hubiera superado las 800 toneladas anuales de trigo y 1240 toneladas anuales de maíz en la temporada de cosecha 2009/2010, podrá abonar sus deudas líquidas con los ingresos que le correspondan por los derechos de exportación.
Los interesados deberán presentar una declaración jurada ante la ONCCA  (Oficina Nacional de Control Comercial Agropecuario) , detallando sus incumplimientos tributarios.
Aclaramos que sólo este ente podrá dictaminar la cancelación de la deuda, es por ello que se recomienda hacer uso del beneficio, dado que hasta tanto, no se suspenderá ni interrumpirán las acciones tendientes al cobro.

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