Las nuevas medidas y requisitos para la compra de dolares, que incluye exhaustivos controles por parte de la AFIP, tiene nerviosos a mucha gente, no solo a especuladores, sino a gente común que busca resguardar sus ahorros mediante la compra de dolares. En este sentido, la AFIP ha creado un nuevo servicio denominado «Consulta de Operaciones Cambiarias», a la que se accede mediante clave fiscal. Y como no podia ser de otra manera, el dolar paralelo ha dado un salto ampliando la brecha con el dolar oficial.
En el primer dia de los nuevos controles y limites para la compra de dolares, el mercado cambiario ha estado con muy pocas operaciones. En este sentido, ha primado el miedo y el desconocimiento por sobre la especulación. Las casas de cambio amanecieron vacías y con menos inspectores de la AFIP que la semana pasada, y los problemas para operar con el sistema propuesto por la AFIP han sido evidentes en algunos casos, debido al escaso tiempo de implementacion de los mismos.
El dia 31 de Octubre fue oficializada la resolución 3210 de la AFIP, que establece la creación del «Programa de Consulta de Operaciones Cambiarias» para vender moneda extranjera. En su primer artículo, indica que «las entidades autorizadas a operar en cambios por el Banco Central deberán consultar y registrar, mediante el sistema informático que se establecerá, el importe en pesos del total de cada una de las operaciones cambiarias».
Y en el segundo artículo, la resolución agrega que «están alcanzadas con este sistema de consulta y registro las operaciones de venta de moneda extranjera, divisas o o billetes en todas sus modalidades efectuadas por las entidades autorizadas, cualquiera sea su finalidad o destino».
Sobre las entidades, la medida indica que «para la registración de las operaciones cambiarias» deberán ingresar:
- el número de CUIT, CUIL, Clave de Identificación (CDI) o tipo y número de documento del cliente,
- tipo de moneda a adquirir y su destino,
- el importe en pesos de la operación y el tipo de cambio aplicado.
Con estos datos, la AFIP efectuará evaluaciones sistémicas, en tiempo real, y emitirá la respuesta correspondiente de acuerdo con la información obrante en sus bases de datos. La AFIP podrá autorizar o vetar la compra de divisas de acuerdo al cruce con la información patrimonial del cliente.
Con el nuevo sistema, además del formulario con la declaración jurada que hacen firmar bancos y casas de cambio, ahora se deberán ingresar los datos del solicitante en un formulario a través de Internet y la AFIP debería pronunciarse de manera automática: si da luz verde a la operación, el cajero recibirá la leyenda «Validada«; si no, dirá «Con inconsistencias».
Como ya era requisito en las casas de cambio, el solicitante deberá llevar su DNI y fotocopia del documento, pero además deberá portar su constancia de CUIT o CUIL de la AFIP. El comprador, si tiene clave fiscal podrá hacer una consulta previa en la parte de «Consulta de Operaciones Cambiarias» del sitio web de la AFIP. El inconveniente es que este mismo site estuvo colapsado en varios momentos del día ante la enorme cantidad de consultas.
En este sentido, he hablado con al menos media docena de personas que han probado el sistema, y a todos le aparece la siguiente leyenda (haga click en la imagen para verlo mejor):
INCONSISTENCIAS: La/El CUIT/CUIL/CDI presentaría insuficiente capacidad económica para realizar la operación cambiaria ingresada
Ahora bien. En este tema, quedan varias dudas, a saber:
- ¿que sucede con las remesas familiares del exterior?
- ¿que sucede con los pagos en cheques que provienen del exterior?
- ¿que sucede si se niega la autorizacion de compra de divisas? ¿Quien se hace cargo de los daños y perjuicios que puede ocasionar esta operatoria?
Hoy en dia, nadie sabe nada. Ni los bancos, ni los operadores, ni siquiera la propia AFIP. Una vez más, las cosas se hacen a las apuradas y sin un rumbo fijo.
Tambien le puede interesar:
- Cotizacion Dolar Paralelo Hoy
- Limite de Compra de dolares
- Dolar Blue
- Dolar Contado con Liquidacion
- La Bicicleta Cambiaria
- La AFIP en las casas de cambio
- Requisitos para la compra de dolares
- Comprar Dolares para operaciones inmobiliarias
Por ultimo: la vision de CNN de las nuevas medidas cambiarias
Mi limite por ejemplo es $850 (u$200) ese limite de compra es diario, semanal, mensual, anual ???
Creo que las «inconsistencias» más graves son de quien redacta estos artículos, que tal vez escribe a las apuradas y sin consultar.
El articulista plantea: «En este tema, quedan varias dudas, a saber:
¿que sucede con las remesas familiares del exterior?
¿que sucede con los pagos en cheques que provienen del exterior?
¿que sucede si se niega la autorizacion de compra de divisas? ¿Quien se hace cargo de los daños y perjuicios que puede ocasionar esta operatoria?»
a)Las remesas familiares del exterior llegarían en moneda extranjera y no habría que «comprar» moneda de otro país. En todo caso, habría problemas si alguien quiere remitir dinero a un familiar ubicado físicamente en el exterior.
b)Lo mismo para la pregunta referida a «los pagos en cheques». El problema no surge allí (dado que la persona estaría recibiendo moneda extranjera, y no «comprándola»)
c) No hay «prohibición de comprar moneda extranjera» y por lo tanto, no se puede argumentar «daños y perjuicios». No hay «derecho adquirido» previo tampoco. En todo caso, la persona que recibe la comunicación por parte de la institución cambiaria respecto a la potencial existencia de inconsistencias (fíjense que el organismo recaudador no «acusa» ni penaliza a nadie, simplemente utiliza el término potencial «presentaría insuficiencia patrimonial»), debería dirigirse a AFIP y justificar allí el motivo por el cual necesita adquirir moneda de otro país. Si existen argumentos sólidos, la AFIP tendría que autorizar de manera excepcional la operación. Creo que el problema está allí, en los que tengan que exponerse ante el organismo tributario y «blanquear» las razones por las cuales se pasan a una moneda extranjera.
Trabajo 12 horas por día, no me interesan los problemas de dólares (o reales, o euros…) que tengan los restantes argentinos. No creo que a mi vieja jubilada tampoco le interese eso. Tenemos problemas más importantes que resolver. Esta cuestión de «no poder comprar dólares» le parece preocupante solamente a personas con mentalidad y actitud oligárquica…
hola, se sabe algo de las remesas? a mi me envian dolares y no me dejan cobrar ni en dolares ni en pesos.
Respuesta a todas las preguntas del último párrafo:
INUNDAR LOS TRIBUNALES CON RECURSOS DE AMPARO.
«RECURSOS DE AMPARO PARA TODOS Y PARA TODAS» – Basta que algún juez con agallas declare la inconstitucionalidad de la medida, para que otros los sigan. Sino, no habrá igualdad ante la Ley: Mientras en el poder ejecutivo existe una verdadera orgía de dólares de parte de los funcionarios, los ciudadanos debemos pedir permiso para salvar los ahorros, aunque esto también es cierto, es la primera vez que se corre con tiempo antes de una devaluación anunciada, un corralón bancario o confiscación de los dólares en los plazos fijos.
soy argentino residente en paraguay. puedo comprar dolares con mi cedula paraguaya? gracias
MI ESPOSA ES DE NACIONALIDAD ARGENTINA Y ESTA RADICADA LEGALMENTE EN ARGENTINA , ELLA TRABAJA EN BLANCO COMO AMA DE CASA Y NECESITA EVIAR A PERU MENSUALMENTE UN PROMEDIO DE 330 DOLARES . ¿ COMO SE PUEDE HACER MI ESPOSA PARA COMPRAR LOS DOLARES EN LAS CASAS DE CAMBIO O EN EL BANCO NACION CON EL DINERO QUE ES FRUTO DE SU TRABAJO ?
MI ESPOSA ES DE NACONALDAD PERUANA Y ESTAMOS RADICADOS LEGALMENTE EN ARGENTINA , ELLA TRABAJA EN BLANCO COMO AMA DE CASA Y NECESITA ENVIAR MENSUALMENTE A PERU UN PROMEDIO DE 330 DOLARES . ¿ COMO PUEDE HACER MI ESPOSA PARA COMPRAR LOS DOLARES EN LAS CASAS DE CAMBIO O EN EL BANCO NACION CON EL DINERO QUE ES FRUTO DE SU TRABAJO QUE SE LOS GANA LEGALMENTE ?
NECESITO PAGAR UNA DEUDA EN DOLARES,ALGUIEN SABE COMO HAGO PARA QUE AFIP ME AUTORICE COMPRAR??NECESITO PAGAR UN IPOTECA,GRACIAS URGENTE