ARBA ha fijado la lupa en busca de reducir lo que estima un alto grado de evasión entre los productores rurales. Este conjunto de contribuyentes les tendrán que informar características y condiciones de sus explotaciones de terrenos que sean similares o superen las 50 hectáreas de campo.
Se trata de una nueva obligación fiscal cuya finalidad es la de lograr reducir al máximo los niveles de incumplimientos sobre el impago de Ingresos Brutos y el impuesto Inmobiliario Rural. Así es que, la Agencia de Recaudación bonaerense (ARBA) fija su mira en los nunca bien vistos productores rurales a los que considera altos evasores de impuestos en Ingresos Brutos y el Inmobiliario Rural.
Conforme a esto los productores responsables de emprendimientos tendrán que pasar a informar ante ARBA la información sobre las características y condiciones de explotación de sus inmuebles rurales siempre que estén entre los o superen las 50 hectáreas. Arba procesará dicha información, para estudiar i existen diferencias dentro de las declaraciones presentadas por los mismos.
Entrecruzará datos relevados contra el padrón de contribuyentes del Impuesto sobre Ingresos Brutos y el Inmobiliario Rural, con esto buscará las inconsistencias. Para lo que se vale de imágenes satelitales y detectar diferencias además de si existen terrenos sin declarar. Además de poder saber exactamente de cuanto es la producción por parcela de la Provincia, cruzando datos puede saber el tipo de ganancias por cada campaña con esto tratará de arrinconar a los productores rurales.
Si efectivamente incumplen la nueva obligación de información, los responsables sufrirán como castigo multas de $45.000, y si son terrenos cuya extensión superan las 1.000 hectáreas. Además ARBA se arroga el derecho a que sea prueba el ejercicio de actividad gravada, la detección, por mecanismos tecnológicos, de volúmenes de producción o comercialización en inmuebles.
Cálculo:
A la hora de calcular ingresos gravados, ARBA contrastará la base imponible determinada según presunción legal tomando en cuenta la producción o comercialización detectada por precio conocido u obtenido, junto a la base imponible declarada.
Si vamos al régimen informativo, este los obliga a los productores rurales, y responsables en el Inmobiliario Rural con terrenos en superficie total, y que sea considerada individual o conjuntamente, el total llegue a ser similar o supere las 50 hectáreas, como parámetro.
Qué Datos Solicita ARBA:
-Número de partida inmobiliaria de los inmuebles rurales.
-Describir las actividades agropecuarias, o actividades no relacionadas aunque económica, y que sean en los inmuebles, dentro de lo que deben señalar si corren a cargo del contribuyente o de terceros y aportar los datos de este.
Actividades Desarrolladas por Terceros:
Cuando las actividades económicas sean de terceros, corresponderá entregar datos sobre los contratos que sirvieron como medio para ceder el o los inmueble/s para desarrollar la actividad, escritos o no, de carácter gratuitos u onerosos, sean de naturaleza asociativa o no.
Tendrán que indicar la superficie cedida, así como fecha de celebración del contrato, el plazo de duración del contrato y el monto del contrato y si lo hay cual es el porcentaje de distribución de los frutos de la explotación, y los datos de cada una de las partes contratantes, además de existir una cláusula de prohibición de cesión o subarrendamiento del inmueble. En cuanto a la presentación, esta deberá ser por transferencia electrónica de datos,vía la Web de ARBA.
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