Valuacion de motos para Bienes Personales en 2014-2015

No es una novedad que con los nuevos valores más contribuyentes deban tener que pagar Bienes Personales durante 2015. Lo que ya marca una presión tributaria insoportable para algunos bolsillos; ya que el tope se mantiene fijo, mientras suben las valuaciones de inmuebles, autos y demás bienes como la valuación de motos en Bienes Personales 2014-2015.

El Impuesto a los Bienes Personales la valuación Bienes Personales 2014 recae sobre los bienes personales existentes al 31 de Diciembre de cada año que se encuentran ubicados en el país y en el exterior. La valuacion de los bienes personales se realiza a través de unas tablas de valuacion emitidas por la AFIP, que serán el valor minimo a declarar en la Declaracion Jurada de Bienes Personales.

AFIP decidió actualizar los montos de:
-Autos
-Motos
-Moneda extranjera
-Bonos
-Otros bienes y activos
Alguno de estos bienes que posean que los contribuyentes para liquidar el impuesto a los Bienes Personales en Abril y Mayo. Claro que se le quedó en el camino actualizar el mínimo o el piso desde el que deben pagar dicho impuesto que se mantiene en $305.000 desde 2007, si ya hace 8 años.
Mientras pueden consultar las tablas con los valores actualizados de:
-Autos
-Motos
-Moneda extranjera
-Bonos
-Otros bienes y activos

Tablas Valuaciones Bienes Personales 2014-2015:

Los contribuyentes y/o responsables alcanzados por el Impuesto sobre los Bienes Personales, deben tomar las siguientes tablas para determinar el tributo a pagar y confeccionar las declaraciones juradas del período 2014:
– Resolución General 3741 – Anexo 1
– Resolución General 3741 – Anexo 2
– Resolución General 3741 – Anexo 3
– Resolución General 3741 – Anexo 4
– Resolución General 3741 – Anexo 5
– Resolución General 3741 – Anexo 6
– Resolución General 3741 – Anexo 7
– Resolución General 3741 – Anexo 8
– Resolución General 3741 – Anexo 9
– Resolución General 3741 – Anexo 10
– Resolución General 3741 – Anexo 11
– Resolución General 3741 – Anexo 12
– Resolución General 3741 – Anexo 13
– Resolución General 3741 – Anexo 14
– Resolución General 3741 – Anexo 15
– Resolución General 3741 – Anexo 16
– Resolución General 3741 – Anexo 17
– Resolución General 3741 – Anexo 18
– Resolución General 3741 – Anexo 19
– Resolución General 3741 – Anexo 20
– Resolución General 3741 – Anexo 21
– Resolución General 3741 – Anexo 22

Más allá que posean los mismos bienes o activos o hasta algún bien menos, los que venian pagando tendrán que pagar más todavía, debiendo pagar una alícuota superior ya que las escalas del impuesto siguen congeladas. Además de que más contribuyentes quedaron alcanzados por Bienes Personales por la doble mecanismo para  ajustar las bases imponibles de Bienes Personales y dejar congelado el mínimo exento y las escalas.

El mínimo es de $305.000 y se mantiene tan baja la vara que afecta a los que en los últimos años compraron un departamento pequeño y/o un auto con años de antigüedad a los que AFIP los considera “ricos” debiendo pagar por Bienes Personales alícuotas del 0,5% al 1,25%. Mientras que quedan exentos los que poseen altos plazos fijos o bonos de deuda.

Gráfico Clarin

Valuación Bienes Personales:

Algunos expertos consideran que “Los inmuebles deben valuarse a su valor de escrituración o al valor del impuesto inmobiliario provincial (o ABL e, CABA) de ambos el que sea mayor. En contextos inflacionarios, para los inmuebles de mayor antigüedad, termina siendo más elevada la base imponible —que se va ajustando todos los años— que el valor de escrituración. En consecuencia cuando los gobernadores por sus propias necesidades fiscales aumentan la valuación fiscal de los inmuebles incrementan la base imponible de Bienes Personales”.

Los automotores, “deben valuarse a su precio de costo menos la depreciación acumulada (20% por año) pero ese valor no puede ser inferior a la tabla de valuación que publica anualmente la AFIP”, y “un Ford Fiesta Kinetic Titanium modelo 2012 que el año pasado estaba valuado en $ 129.000, ahora es $ 157.000”.

Estiman que, “este incremento esconde que el contribuyente a tiene un auto un año más viejo. En consecuencia su valor debería bajar y no subir. Si se considera que la pérdida de valor anual es del 20% de su valor, por ejemplo el auto que el año pasado estaba valuado a $ 129.000 este año debería valer alrededor de $ 105.000 y quedó valuado en $ 157.000. Es un incremento cercano al 50%”.

 
 
 

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