Recategorizacion del Monotributo: imprimir Credencial

Con el inicio de Enero 2016, se da ante AFIP y el Monotributo la primera recategorización cuatrimestral, algo que se da cada 4 meses, los monontributistas deben cumplir con obligaciones tributarias del Monotributo. Además de cómo realizar la Recategorizacion del Monotributo: imprimir Credencial.

Quiénes Tienen que Recategorizarse:

La recategorización, los monotributistas que modificaron los parámetros de encuadramiento del Monotributo; deben presentar el régimen de información, los que:

Estén inscriptos desde la categoría «F»
Los que sean empleadores
Factura Electrónica:
Los que alcancen la categoria «H» desde Febrero 2016, deberán empezar a emitir la factura electrónica.

Desactualizaciones del Monotributo:

Recordando que el Monotributo, que solo lleva de vida 6 años, ya que fue creado en 2010, solalmente registró una actualización de los parámetros de las categorías en 2013.

La Ley 26.565 establece la autorización a AFIP para que ajuste los valores mediante una simple resolución. Pero asi y todo una actualización genera que, si un comercio debe pagar por alquiler más de $6.000 mensuales, o vende un producto a precio unitario de mas de $2.500, quede fuera del Régimen Simplificado.

Plazo para Recategorizarse:

El 20 de Enero, vence la cuota del monotributo, siendo la fecha límite para el trámite de recategorización para los que modificaron los parámetros de ingresos, los alquileres pagados y el consumo de energía.

Recategorizacion del Monotributo: imprimir Credencial

Como tramitar la Recategorizacion del Monotributo y la Credencial:

Tomando todo 2015 si se dieron cambios, siendo un aumento o disminución, deben:
Ingresar en la Web de FIP –con Clave Fiscal– para modificar la categoría
En opción «Monotributo – Recategorización»
Imprimir la credencial actualizada
La cuota nueva la podrán abonar en Febrero.

Dentro de la última semana del mes del 25 al 29, en base a la terminación del número de CUIT, los monotributistas inscriptos desde la categoría «F» en adelante y los pequeños contribuyentes empleadores, sin importar la categoría, deben presentar por Internet, desde la Web de AFIP, en opción «Declaración Monotributo Informativa», estos datos:

  • Facturación del cuatrimestre, números del primer y último comprobante.
  • Datos de proveedores y clientes y montos de las operaciones.
  • Datos del contrato de alquiler del local y de la energía eléctrica consumida.
  • Para los profesionales: la fecha de matriculación.
  • Para los transportistas: los datos del vehículo y de los seguros contratados.

 

Monotributo Vencimiento Declaración Jurada Informativa:

Del 25/1/2016 al 29/1/2016, inclusive, vence el plazo para presentar la declaración jurada informativa del tercer cuatrimestre de 2015 para los monotributistas encuadrados en las categorías F o superior, y para los que sean empleadores -sin importar la categoría en que estén encuadrados- -RG (AFIP) 2888-:

Terminación CUIT / Fecha de Vencimiento:
0 o 1
Hasta el 25/1/2016
2 o 3
Hasta el 26/1/2016
4 o 5
Hasta el 27/1/2016
6 o 7
Hasta el 28/1/2016
8 o 9
Hasta el 29/1/2016

Dichas fechas son del calendario de vencimientos para 2016 mediante la resolución general (AFIP) 3820 – BO: 21/12/2015.

Aspecto Previsional: Exclusiones de Pago

-Los empleados en relación de dependencia y los profesionales aportantes a las cajas provinciales siguen excluidos de aportar la cuota previsional del monotributo.

-Además están excluidos los que se jubilaron por el régimen anterior

-Los que se jubilaron en el régimen actual solamente deberán abonar el componente de seguridad social

-No tienen que abonar la cuota previsional y de obra social los locadores de inmuebles que no estén organizados como empresa.

Precio Unitario de Bienes:

Ante el atraso en la actualización de los parámetros de ingresos, a partir del mecanismo de ajuste previsto por ley, y de alquileres devengados, el precio unitario de los bienes desde 2010 no se actualiza sin superar $2.500. Los que tengan bienes con un precio unitario superior a los $2.500 deben inscribirse en el Régimen General.

AFIP Categorías y Cuotas:

En http://www.afip.gob.ar/monotributo/categorias.asp, permite consultar las categorías y cuotas vigentes.

Las sociedades de hecho solamente pueden adherir desde la Categoría «D», en adelante.

Los que tengan actividades agropecuarias con ingresos anuales inferiores a $48.000, solo deben pagar el componente impositivo del Monotributo.

En la Web de AFIP, con CUIT y Clave Fiscal, disponen de tres opciones de trámite:

a) adhesión

b) modificación de datos

c) recategorización.

Cumplimiento y Pagos a Cuenta: Reintegro de Beneficios

Los pequeños contribuyentes que se adhirieron al pago de la cuota por débito automático tarjeta de crédito o en cuenta de banco, en Marzo perciben el beneficio en forma de reintegro del componente impositivo de una cuota de 2015.

 

 

Sé el primero en comentar

Dejar una contestacion

Tu dirección de correo electrónico no será publicada.


*