Según la Ley de Impuestos a las ganancias en su artículo 20.628, enuncia que todas las personas naturales y las empresas que hacen vida en el territorio Argentino, deben cancelar un porcentaje de las ganancias que le ingresaron durante todo el año, pero en pequeñas cuotas mensuales. Este impuesto va dirigido a mejorar las condiciones de los ciudadanos. Por lo tanto no deben evadirse y en deben ser reportadas de manera transparente.
¿Cómo define la ley el impuesto a las ganancias?
La definición es clara y firme. Son tributos que pagan todos las personas naturales y las empresas al Estado y cada monto es calculado de forma tal que sea proporcional a las entradas y los beneficios. En Argentina este impuesto a las ganancias es de suma relevancia ya que confecciona distintas deducciones, hechos gravados, bases imponibles y diferentes alícuotas.
Básicamente se pueden desglosar en cuatro categorías, siendo la última la mas polémica porque va dirigida directamente a las personas físicas y a todos los trabajadores. No obstante, en nuestro país no todos los empleados tienen la obligación de pagar, ya que hay monto mínimo que establece la ley para pagar dicho impuesto. Por lo tanto los trabajadores que ganen montos inferiores a lo estipulado por la ley quedan automáticamente exentos de está responsabilidad.
Categorías de los impuestos a las ganancias
Cada una de estas categorías albergan todas la áreas en donde se generan ganancias de forma directa o indirecta.
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Ganancias por renta del suelo: en ella van incluidos todo lo correspondiente a ingresos y ganancias en el usufructo de todos los inmuebles rurales y urbanos.
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Ganancias por rentas de capital: aquí van incluidos todos los beneficios que se obtienen de las rentas. Entre ellos: los dividendos, las acciones y uno que otras tasas de intereses. En esta categoría también se incluyen todos los títulos públicos con sus respectivos intereses, este último solo es valido para las empresas.
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Ganancias por rentas de las empresas: en este grupo entran todas las actividades económicas del país. Independientemente del sector, las empresas deben cancelar los impuestos de la ganancias en el área agropecuaria, a nivel industrial y comercial.
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Ganancias por rentas de trabajo personal: precisamente en esta categoría entran los trabajadores independientes y los empleados de las empresas con ingresos mayores del salario mínimo establecido. Así como también los cargos públicos y los respectivos gastos protocolares.
También deben cancelar los impuestos a las ganancias:
- Las personas que hayan dependido de cierta actividad económica y comercial. Cualquier actividad que hay creado una dependencia e ingresos continuos.
- Los empleados que se han jubilado y reciben pensiones por las actividades independientes.
- Los profesionales que laboren de forma liberal y que ejerzan oficios relacionados con los oficios escogidos.
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Los albaceas, líderes de sindicatos y gestores. Del mismo pagan impuestos a las ganancias los directores de compañías y sociedades anónimas.
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Las personas que devengan grandes cantidades por pagos de honorarios profesionales. Además de las compensaciones recibidas por viáticos.
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Los integrantes de las cooperativas.
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Las personas que realicen actividades comerciales que requieran pasos aduaneros. Asimismo cancelan los impuestos a las ganancias los despachantes de las aduanas.
¿Cuál es el monto para poder adquirir estas obligaciones?
A comienzos del período de gobierno de Macri se incrementó el mínimo no imponible. Dejando el pago de los impuestos a las ganancias a aquellos trabajadores que perciben salarios bruto mayores a los 30.000$. Sin embargo esto aplica solo a los empleados que tengan familia conformada con un mínimo de dos hijos. Mientras que los solteros deben cancelar impuestos si el salario bruto en mayor a los 18.800$.
En la actualidad se están proponiendo nuevas reformas para establecer nuevos montos. Pero hasta los momentos solo se han discutido ciertas tablas de alícuotas y estableciendo los rangos de porcentaje de tributación que no golpee tanto el bolsillo de los cabezas de familia. Sin embargo mientras se actualizan las tablas de impuestos a las ganancias, es de carácter obligatorio cancelar el mínimo mensual establecido por la ley.
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