Los contribuyentes porteños deben empezar a anotar en sus agendas que a partir de Noviembre de este año, empieza a regir la presentación y pago online en Ingresos Brutos porteño. Así lo establece el Gobierno Porteño que se valdrá de la plataforma de AFIP y le servirá para poner online el nuevo software de liquidación de Ingresos Brutos.
Prórroga en el Plazo de Presentación y Pago:
Por supuesto que deben de cumplir ciertos requisitos los contribuyentes a la hora de utilizar este nuevo sistema. Además el Gobierno porteño prorroga el plazo para presentar y pagar online el Impuesto sobre los Ingresos Brutos a los contribuyentes porteños.
Esta nueva reglamentación indica lo siguiente: “en aquellas liquidaciones practicadas de las que no surgiera saldo a favor del fisco porteño, sólo se requerirá la presentación electrónica de la declaración jurada correspondiente”. Mediante la Resolución General 687/2013, la Administración General de Ingresos Públicos porteña (AGIP) impone el mecanismo online a partir de este esquema a tomar en cuenta:
-En los grandes contribuyentes, desde el vencimiento del anticipo 10 del 2013 en Noviembre del corriente año.
-Mientras que entre los demás contribuyentes, desde el anticipo 2 de 2014, los vencimientos serán en Marzo de 2014.
Aplicativo Web “e-SICOL”:
El aplicativo Web “e-SICOL” servirá para confeccionar las declaraciones juradas y el pago de obligaciones fiscales solo de los contribuyentes porteños pertenecientes al régimen general de Ingresos Brutos porteño. Este nuevo aplicativo recién se podrá acceder a él 1° de Noviembre de 2013 ingresando en la Web de AGIP.
Requisitos:
Como requisito para acceder al Aplicativo Web e-SICOL, deberán disponer de Clave Ciudad, nivel 1 o 2, dependiendo de cada caso. Tras descargar dicho aplicativo Web “e-SICOL”, desde la misma Web de AGIP estarán interactuando con los sistemas desarrollados por la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).
Constancia:
Al obtener la constancia -el ticket- que será la constancia de la presentación de la declaración jurada será mediante la Web de AFIP y no de AGIP. Tendiendo que tener la Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) y la Clave Fiscal que otorga AFIP.
Así es que esta “colaboración” de AFIP, en cuanto a la cancelación del impuesto es de carácter obligatorio el “Sistema SetiPago” que aporta la AFIP. El mencionado sistema es obligatorio, el Aplicativo Web “e-SICOL” debe utilizarse solo en ciertos casos en cuanto a utilizar los ticket de presentación y pago con código de barras y boleta con código de barras, -respectivamente- con lo que podrán cancelar el anticipo presencialmente en cualquiera de las entidades habilitadas.
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