Pago online en Ingresos Brutos

Recategorizacion Ingresos Brutos porteño

A la hora de cumplir con Ingresos Brutos los contribuyentes porteños disponen del pago online en Ingresos Brutos ante AGIP. Esta es una de las nuevas aplicaciones del fisco porteño AGIP que aplica este mecanismo online que permite el pago de Ingresos Brutos.

Pago online en Ingresos Brutos:

Mediante la resolución general 687/2013, AGIP lanza el nuevo sistema de pago online que dispone:

Si bien ya existe un conjunto de contribuyentes, que viene pagando de forma online a partir del vencimiento del anticipo 10 de 2013. Los demás contribuyentes, desde el anticipo 2 de 2014 los vencimientos serán en Marzo de 2014.

Este nuevo aplicativo Web se llama “e-SICOL los contribuyentes lo tienen que utilizar para confeccionar las declaraciones juradas y efectuar el pago de las obligaciones fiscales ante AGIP dentro del régimen general de Ingresos Brutos.

Es de carácter obligatorio, este aplicativo Web “e-SICOL” para ciertas situaciones permite utilizar los ticket de presentación y pago con código de barras y boleta con código de barras, lo que permite poder cancelar el anticipo presencialmente ante las entidades habilitadas.

Esta nueva reglamentación establece que “en aquellas liquidaciones practicadas de las que no surgiera saldo a favor del fisco porteño, sólo se requerirá la presentación electrónica de la declaración jurada correspondiente”.

SICOL:

Sistema informático del Impuesto sobre los Ingresos Brutos Contribuyentes Locales (SICOL). Es el aplicativo cuyo funcionamiento se da vía el SIAP (Sistema Integrado de Aplicaciones de la AFIP) tiene la utilidad de permitir liquidar y generar el pago que corresponde al inicio de actividades así como la posición mensual, y demás.

Contribuyentes Obligados a Presentar Mediante el Aplicativo:

La Resolución Nº 4884/DGR/04 establece que todos los contribuyentes que sean rpersonas físicas, sucesiones indivisas y sociedades no constituidas regularmente en los términos de la Ley Nacional Nº 19550, a los efectos de la presentación de la Declaración Jurada y pago de las obligaciones fiscales sobre el Impuesto sobre los Ingresos Brutos, y que sean de la Categoría de Contribuyentes Locales y no estén obligados a empadronarse bajo el Régimen Simplificado establecido por la Ley Nº 1477.-

Quiénes No Están Obligados:

No quedan obligados a presentar este aplicativo, los contribuyentes que estuvieran obligados a empadronarse bajo el Régimen Simplificado establecido por la Ley Nº 1477.

Quedan obligados de presentar este aplicativo bajo la Resolución Nº 17/DGR/2004, desde el 1º anticipo del año 2004.Aunque no posean ingresos en el mes, igualmente deben presentar el aplicativo, más allá de tener o no tener ingresos gravados en el mes que se liquida deben liquidar por este aplicativo.

Sé el primero en comentar

Dejar una contestacion

Tu dirección de correo electrónico no será publicada.


*