AFIP no deja conjunto de trabajadores sin presionar y en este caso por que se escaparían de la presión tributaria de AFIP los autónomos -nunca se escapan, siempre están bajo la lupa tributaria de AFIP-, la novedad pasa por que AFIP vuelve a aplicar unasuba de aportes mensuales respecto a los trabajadores autónomos, estos verán según su categoría una suba en el aporte en el mes de Septiembre que deben hacer por lo que no es parejo aunque suba para casi todos ellos.
AFIP, lanzó sin una nueva resolución general sobre el monto a ingresar por los trabajadores autónomos durante el nuevo vencimiento que deben afrontar. El aumento del haber mínimo jubilatorio repercute sobre la carga fiscal soportada mes a mes por los autónomos.
Suba Cuotas:
Según el aumento semestral de la Ley de Movilidad Jubilatoria, ya puede notarse haciendo que dicha suba recaiga en las siguientes categorías:
Nuevos Valores Actualizados Cuota Septiembre 2014
- Categoría I. Aporte mensual de 599,48 pesos:
- Personas físicas que ejerzan profesiones u oficios y productores de seguros con ingresos anuales hasta 20.000 pesos.
- Comerciantes con sumas de hasta $25.000 por año.
- Aquellos que adhieran voluntariamente al sistema previsional (religiosos, directivos de cooperativas que no perciben retribución, amas de casa, profesionales o personas que aportan a cajas especiales, titulares de condominios sin tareas de dirección).
- Categoría II. Aporte mensual de 839,28 pesos:
- Personas físicas que ejerzan profesiones u oficios y productores de seguros que superen como ganancias anuales los 20.000 pesos.
- Comerciantes que superen los $25.000 anuales.
- Categoría III. Aporte mensual de 1.198,98 pesos:
- Directores, administradores y conductores de sociedades comerciales o civiles, regulares o irregulares, y socios de sociedades de cualquier tipo, con rentas por año inferiores o iguales a 15.000 pesos.
- Categoría IV. Aporte mensual de 1.918,36 pesos:
- Directores, administradores y conductores de sociedades comerciales o civiles, regulares o irregulares, y socios de sociedades de cualquier tipo con ingresos entre $15.001 y $30.000, inclusive.
- Categoría V. Aporte mensual de 2.637,76 pesos:
- Directores, administradores y conductores de sociedades comerciales o civiles, regulares o irregulares, y socios de sociedades de cualquier tipo con entradas superiores a los 30.000 pesos.
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), estaría por publicar una nueva reglamentación sobre el nuevo monto que deben aportar las diferentes categorías de autónomos desde el nuevo vencimiento. Si bien ya quedó actualizado el esquema de tributación de los autónomos.
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