Nueva versión aplicativo SICOSS

Está accesible la versión 37 del aplicativo SICOSS, el que deberán utilizar para generar las declaraciones juradas de Mayo 2014 y siguientes. Para tal efecto AFIP publicó la Resolución General 3.637, que aprueba una nueva versión del aplicativo “Sistema de Cálculo de Obligaciones de la Seguridad Social – SICOSS”. En este caso la versión 37 del aplicativo SICOSS.

Además de sustituir las Tablas relacionadas a:

“Códigos de Actividad”

Códigos de Situación de Revista”

“Códigos de Modalidades de Contratación”

“Códigos de Condición”

“Códigos de Obras Sociales”.

Para descargar el aplicativo SICOSS versión 37 pueden hacerlo por Aquí.

Vigencia:

En cuanto a las disposiciones de la Resolución General la vigencia es desde el 13 de Junio de 2014 siendo de aplicación para generar declaraciones juradas (F. 931) del mes devengado Mayo de 2014 y siguientes.

Obligación:

La obligación de utilizar la nueva versión del programa aplicativo SICOSS alcanza a las presentaciones de declaraciones juradas -originales o rectificativas- de períodos anteriores a Mayo de 2014 efectuadas desde la vigencia de la presente.

Aplicativo SICOSS (ex SIJP)

El programa aplicativo permite a los empleadores confeccionar la declaración jurada determinativa de aportes y contribuciones con destino a los distintos subsistemas de la seguridad social.

Sujetos Alcanzados:

Todos los empleadores, excepto aquellos obligados o que opten por utilizar Su Declaración, deben utilizar este programa aplicativo para la generación y confección de las Declaraciones Juradas.

Utilizar Su Declaración es obligatoria para:

El Empleador, si tienen hasta (10) empleados y en el supuesto que aumenten sus nóminas hasta un máximo de (20) trabajadores, inclusive, deberán continuar generando las referidas declaraciones juradas mediante el aludido sistema. Asimismo, es optativa para los empleadores que registran entre 11 y 20 empleados.

Vencimientos:

Las fechas de vencimiento establecidas para la presentación y el pago de sus declaraciones juradas, podrá consultarlas ingresando a la Agenda de Vencimientos seleccionando «REGÍMENES NACIONALES DE LA SEGURIDAD SOCIAL».

Descargar el Aplicativo

Para descargar la versión vigente del Aplicativo SICOSS, ingrese en la Plataforma de Descarga de Aplicativos

La nueva versión del aplicativo Sicoss (Sistema de Cálculo de Obligaciones de la Seguridad Social) fue aprobada por la AFIP con la intención de agilizar el proceso de generación de las declaraciones juradas (F.931). Contiene nuevas funcionalidades y condiciones.

Anterior Versión 34:

Nuevas funciones:

  • Elimina la posibilidad de compensación de las asignaciones familiares a partir del mes devengado julio de 2010 y siguientes, con excepción de las que les corresponda percibir a las empleadas en uso de la licencia por “Maternidad” o “Maternidad Down”, a la fecha de vigencia de la presente pudiendo, en este supuesto, efectuarse la compensación hasta la finalización de las respectivas licencias.
  • Incorpora los códigos de modalidades de contratación 997 y contratación 998, a fin de permitir la correcta identificación de los trabajadores contratación 998comprendidos en los Convenios de Corresponsabilidad Gremial, los cuales deberán ser utilizados a partir de la vigencia de dichos convenios.
  • Permite informar los ajustes o incrementos salariales que pudieran corresponderle a los trabajadores siniestrados, a efectos de la liquidación y pago de las prestaciones dinerarias por parte de las aseguradoras de riesgos del trabajo, conforme a lo dispuesto por el decreto 1694/2009. Asimismo, habilita nuevos códigos de situación de revista, a fin de identificar adecuadamente a aquellos trabajadores siniestrados con incapacidad laboral temporaria -Códigos 18, 19 o 20, según corresponda.
  • Implementa el procedimiento de recaudación del Seguro Colectivo de Vida Obligatorio, establecido por el decreto 1567/1974, a partir del mes devengado octubre de 2010 y siguientes.

Asimismo recordamos que este nuevo sistema abarca las presentaciones que se realicen  respecto de declaraciones juradas originales o rectificativas, correspondientes a períodos anteriores a julio de 2010.

Sé el primero en comentar

Dejar una contestacion

Tu dirección de correo electrónico no será publicada.


*