Exportacion de Servicios y la AFIP

La AFIP viene aplicando diversas medidas algunas muy polémicas como la restricción para la compra de dólares y otras como la de normatizar la Declaración Jurada para la Exportación de Servicios algo que se venía manejando desde algunas semanas y que finalmente la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) decidió que se abarque a todos los casos la obligatoriedad para presentar el contrato que permite respaldar la llamada prestación de servicios exportados. Con esto vía resolución número 3307 publicada en el Boletín Oficial, la AFIP el mayor organismo tributario permite realizar un ajuste de la declaración jurada anticipada que sirve para la exportación de servicios, además de que ya está en vigencia en el corriente mes de Junio.

Con esto se podrá tener una mayor y mejor optimización de la fiscalización respecto a este tipo de proceso al exigir que se deba presentar el contrato que permitir avalar dicha prestación o en todo caso la factura o el documento que tenga la misma equivalencia, siempre respetando el formato (.PDF) mediante el micrositio “Declaración Jurada Anticipada de Servicios”. En el que deben realizar una carga por cada contrato, debiendo informar por más de un servicio que figure otra opción es la de cargar el contrato las veces que deban por cada uno de los servicios.

Otra de las novedades que contempla la AFIP sobre el mismo tema es que cuando no exista un contrato por escrito, en ese caso los datos que deben entregarse serán los datos que figuren en la factura o del documento que sea el equivalente y emitido por el prestador en cuestión.

Por el pasado mes de Abril la AFIP lanzó una guía detallada para poder realizar correctamente la declaración anticipada jurada de exportación de servicios, esto se debió a que AFIP incluyó el nuevo control la información de algunas de las prestaciones que tienen una cantidad significativa, y que realicen sujetos del exterior y que sus prestatarios residan en Argentina. Pueden acceder a la misma por aquí.
Esta guía de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) de cómo preparar la declaración jurada anticipada a las exportaciones de servicios.  En su primera etapa, esta declaración incluye información sobre «determinadas prestaciones de servicios, de monto significativo, efectuadas por sujetos del exterior cuyos prestatarios sean residentes en el país y a las prestaciones de servicios efectuadas por residentes del país cuyos prestatarios sean sujetos del exterior» tal como lo define.

Los nuevos servicios:

-Patentes y marcas.
-Regalías.
-Derechos de autor.
-Primas por préstamos de jugadores.
-Servicios empresariales profesionales y técnicos.
-Servicios personales, culturales y recreativos.
-Pagos de garantías comerciales por exportaciones de bienes y servicios.
-Derechos de explotación de películas, video y audio extranjeras.
-Servicios de Transferencia de tecnología (excepto patentes y marcas).
-Otras rentas pagadas al exterior.
-Compra de activos no financieros no producidos
Fuernte: ifProfesional
Imagen: http://neuquenalinstante.com.ar

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