Exenciones Ingresos Brutos Ciudad de Buenos Aires

El Código Fiscal de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires tiene incluida la lista de exenciones para el pago del impuesto a los Ingresos Brutos. Dicha lista es la siguiente, según las modificaciones efectuadas para el año 2020:

Están exentos del pago de este gravamen:

  • Los ingresos provenientes de toda operación sobre títulos, letras, bonos, obligaciones y demás papeles emitidos por el Estado (nacional, provincial o municipal) como así también las rentas producidas por los mismos.
  • Toda operación sobre acciones y la percepción de dividendos y revalúos. Los ingresos provenientes de toda operación sobre obligaciones negociables emitidas de conformidad a lo dispuesto por la Ley Nacional N° 23.576, la percepción de intereses y actualizaciones devengadas y el valor de venta en caso de transferencia.
  • Los ingresos provenientes de la edición de libros, diarios, periódicos y revistas, en todo su proceso de creación, cualquiera sea su soporte (papel, magnético u óptico, u otro que se cree en el futuro), ya sea que la actividad la realice el propio editor o terceros por cuenta de éste, con excepción de las previstas en el inciso b) del artículo 6 de la Ordenanza Fiscal Nº 40.852. Igual tratamiento tiene la distribución y venta de los mismos. Están comprendidos en esta exención los ingresos provenientes de la locación de espacios publicitarios en tales medios (avisos, edictos, solicitadas, etc.)
  • Los ingresos obtenidos por los establecimientos educacionales privados incorporados a los planes de enseñanza oficial y reconocidos como tales por las respectivas jurisdicciones.
  • Los ingresos de los socios o accionistas de cooperativas de trabajo, provenientes de los servicios prestados en las mismas. Esta exención no alcanza a los ingresos provenientes de prestaciones o locaciones de obras o de servicios por cuenta de terceros, aún cuando dichos terceros sean socios o accionistas o tengan inversiones que no integran el capital societario.
  • Los ingresos provenientes de las operaciones realizadas por las fundaciones, las asociaciones, entidades o comisiones de beneficencia, de bien público, asistencia social, de educación e instrucción, científicas, artísticas, culturales y deportivas -todas éstas sin fines de lucro-. En estos casos se debe contar con personería jurídica o el reconocimiento o autorización por autoridad competente según corresponda.
  • Los ingresos derivados de los intereses y/o actualización de depósitos en caja de ahorro, a plazo fijo y en cuenta corriente.
  • Los ingresos obtenidos por el ejercicio de profesiones liberales universitarias, no organizado en forma de empresa.
  • Los ingresos correspondientes al propietario por el alquiler de hasta dos unidades de vivienda y siempre que no se supere el importe que fije la Ley Tarifaria.
  • Los ingresos provenientes de las ventas de inmuebles en los siguientes casos:
    • a) Ventas efectuadas después de los dos años de su escrituración en los ingresos correspondientes al enajenante, excepto aquéllas realizadas por una empresa o sociedad y por quienes hacen profesión de la venta de inmuebles.
    • b) Ventas efectuadas por sucesiones.
    • c) Ventas de única vivienda efectuadas por el propietario.
    • d) Ventas de inmuebles afectadas a la actividad como bienes de uso.
    • e)Venta de lotes pertenecientes a subdivisiones de no más de 5 unidades excepto que se trate de loteos efectuados por una sociedad o empresa.
    • f)Transferencia de boletos de compraventa en general, excepto aquellas realizadas con habitualidad o por una sociedad o empresa.
  • Los ingresos obtenidos por las exportaciones entendiéndose como tales a las actividades consistentes en la venta de productos, mercaderías y servicios con destino directo al exterior del país efectuadas por el propio exportador o por terceros por cuenta y orden de éste. Esta exención no alcanza a las actividades conexas.
  • Los ingresos obtenidos por la explotación de automóviles de alquiler con taxímetros, de hasta tres unidades.
  • Los ingresos obtenidos en concepto de honorarios de integrantes de directorios, de consejos de vigilancia y de otros órganos de similar naturaleza.
  • Los ingresos obtenidos por la actividad de emisión de radiodifusión y de televisión. La exención sólo comprende a los ingresos obtenidos por los titulares de las licencias concedidas por el Estado para la emisión de radio y televisión.
  • Los ingresos obtenidos por el desempeño de actividades didácticas o pedagógicas realizadas en forma individual y directa por personas físicas, no organizadas como empresa, cuyo título habilitante esté oficialmente reconocido.
  • Los ingresos que perciben las personas físicas por el desempeño de actividades culturales y/o artísticas.
  • Los ingresos de artesanos feriantes, provenientes de las ventas de sus propios productos artesanales.
  • Los ingresos provenientes exclusivamente del desarrollo de las siguientes actividades:
    • a) Producción Primaria y Minera.
    • b) Producción Industrial, únicamente para el caso que la actividad industrial se desarrolle exclusivamente en establecimientos radicados en el territorio de la Ciudad de Buenos Aires
    • c) Los ingresos provenientes de la construcción en esta jurisdicción de inmuebles destinados a viviendas unifamiliares y/o multifamiliares no superiores a la categoría “C”.
    • Los ingresos provenientes de las construcciones correspondientes a planes sociales de vivienda, cualquiera sea la categoría de los inmuebles, siempre que estén destinados a viviendas unifamiliares y/o multifamiliares,
    •  Se hallan exentos los ingresos provenientes de la realización de obras de infraestructura de carácter complementario a las viviendas construidas, financiadas en forma directa por el Instituto de Vivienda de la Ciudad de Buenos Aires (IVC), cualquiera sea la forma de contratación.
    • d) Provisión de facilidades satelitales y las prestaciones para el desarrollo de las mismas, en el marco del Sistema de Satélite Nacional Multipropósito.
  • Las exenciones previstas en los apartados a) y b) del anterior punto no alcanzan a los ingresos obtenidos por las ventas efectuadas a consumidores finales que tienen el mismo tratamiento que el sector de comercialización minorista.
  • Se encuentran exentos los ingresos que provienen de operaciones de pases, y reguladas por el Banco Central de la República Argentina, siempre que los archivos sean autorizados por la entidad.
  • Las operaciones de pases entre las entidades que son reguladas por la Ley de entidades financieras, igual que si la contraparte es el Banco Central.
  • Los ingresos que provengan de operaciones que versen sobre obligaciones negociables emitidas según lo dispuesto por la Ley Nacional 23.576, percepción de los intereses y actualizaciones devengadas y el valor de venta en caso de transferencia.
  • Actividades desarrolladas por agentes de bolsa y por intermediarios siempre que esas operaciones no sean alcanzadas por esta exención.
  • Los ingresos obtenidos de la emisión de la moneda de Argentina realizada por la Sociedad del Estado Casa de Moneda.
  • Ingresos que se deriven de representación de diarios, periódicos y revistas.
  • Los ingresos obtenidos por la exportación de servicios que se efectúen en el exterior.
  • Ingresos provenientes de procesos industriales y que no superen el importe anual de la Ley tarifaria.
  • Las empresas alcanzadas en los términos de la Ley Nacional 15.336 y 24.065 que realizan operaciones de venta en el mercado eléctrico mayorista (MEM).
  • Ingresos obtenidos por compraventa de vehículos usados del inciso a y b del artículo 23 de la Ley tarifaria.
  • Los ingresos que corresponden a transporte internacional de pasajeros aéreo y por agua, si en el país de origen existe convenios con la compañía.
  • La locación, diseño y construcción de stands en exposiciones, congreso, ferias e inscripciones a congresos, cuando las contraten sujetos que residan en el exterior.
  • Los ingresos o servicios prestados por el Gobierno de Buenos Aires que se adjudiquen a proceso de licitación pública cuyos pliegos sean aprobados por la legislatura.
  • Los ingresos obtenidos por la sociedad del estado facturación y cobranza de efectores públicos FACOPE S.E provenientes de cobro de prestaciones brindadas a personas con cobertura social o privada.
  • Las cooperativas de trabajo y de viviendas constituidas conforme la Ley Nacional 20.337.
  • Ingresos percibidos por personas inscritas en el Registro Nacional de Efectores de Desarrollo Local y Economía Social creado mediante Decreto 189/PEN/04 y se encuentren registrados en el Régimen del Monotributo Social ante la Administración Federal de Ingresos Públicos.

Los contribuyentes o responsables comprendidos en estos artículos no deben presentarse ante la Dirección General para el reconocimiento de la exención, la que opera en todos los casos de pleno derecho.

Sin perjuicio de ello, algunos de los responsables debe para poder gozar de la exención que se les otorga por el presente artículo, deberán indefectiblemente inscribirse como sujetos exentos del impuesto por todas o algunas de sus actividades.

Limitación de exenciones:

Según lo dispuesto en el Artículo 181 del código Fiscal, en materia del Impuesto sobre los Ingresos Brutos no serán de aplicación las liberalidades dispuestas en casos de exenciones de carácter subjetivo, cuando se desarrollen actividades a las que la Ley Tarifaria fija alícuotas superiores a la tasa subsidiaria o se encuentren comprendidas en los artículos 217 y 218 de la misma Ley.

73 comentarios

  1. Hola, una pregunta…
    Yo me desempeño como monotributista en la profesión informática, y tengo un título profesional de carrera corta (3 años) en trámite.
    Conozco gente que en la misma situación que yo se encuentra exenta de pagar, y a mi no me reconocieron dicho título y me encuentro registrado hace un año y medio en el regimen simplificado
    Hasta ahora pagué una sola cuota, y vengo acumulando deuda, pero lo que quiero es que me den la excención por pleno derecho que todo el mundo me dice que estoy en condiciones de pedir…
    El tema es que no se con quien hablar!! en el registro civil de uruguay al ¿800? no me lo reconocieron…
    Por favor una orientación!!
    Muchas gracias!!!!!!

  2. Debe ser un titulo universitario, para que corresponda la exención; «Los ingresos obtenidos por el ejercicio de profesiones liberales universitarias, no organizado en forma de empresa.».- Entiendo que el tuyo es terciario, hya radica la diferencia

  3. en una entidad bancaria me solicitan un certificado de exención de iibb para no hacerme retenciones.
    donde lo solicito?
    soy profesional de la ciudad de bs as.
    gracias.

  4. Una sociedad que realiza explotación de autos de alquiler con taxímetro. En la medida que supera las 3 unidades, abona la tasa del 0.75%? y, sobre que monto, sobre el total de los ingresos o por la parte marginal, es decir, por lo que originan desde la unidad 4 en adelante?

  5. Estimado/a:
    necesito saber si un Centro Educativo Terapéutico debe estar Exento de Ingresos Brutos. Somos una S.H. Desde ya muchas gracias y a la espera de una pronta respuesta.
    Evy

  6. hola, necesito confirmar si en efecto estoy exenta en iibb y si es indistinto, trabaje en capital y/o provincia de bs as
    soy psicopedagoga. (profesional universitaria)

  7. Hola,
    Soy Licenciada en Ciencia Politica, con titulo expedido por la UBA. En el trabajo me piden que pague IIBB porque dicen que la Carrera de Ciencia Politica no esta exenta. Estoy pagando hace 3 meses, pero tengo dudas. Quisera saber si estoy exenta y en dicho caso, donde debo pedir la constancia de exencion?
    Muchas gracias

  8. soy empleada administrativa,y habilito cuentas para facturaciones, en muchos caso se generan inconvenientes con los contribuyentes de capital, los PROFECIONALES , como los contadores y abogados.
    Que dicen ser exentos. Pero la empresa en la que trabajo es ag.de percepcion y retencion en iibb, y estamos en PROVINCIA DE BUENOS AIRES, tengo entendido que estoy Profecionales son exentos en lo que comprende la Ciudad aut. de bs as.? es asi?
    Y no estan exentos de dicho impuesto en Provincia,
    muchas gracias y espero una contestacion.

  9. Que tal buenas tardes soy Lic. en Seguridad e higiene en el trabajo. me podrian informar si debo pagar ing. brutos tengo domicilio en cap. fed. mi carrera es universitaria.

  10. Soy Veterinaria y resido en CABA, debo pagar ingresos brutos? tengo entendido que no, y debo presentar una constancia de por qué no debo pagarlos ante mi nuevo trabajo. Cómo puedo hacer? Gracias

  11. Mi marido está inscripto en monotributo, y presta servicios de Diseñador Gráfico, siendo su título universitario (UBA), hecho por el cual se encuentra exento de pagar el impuesto.
    Ahora, un cliente que resulta ser agente de retención le exige un certificado de dicha exención ¿dónde se expide tal certificado?
    ¡Muchas gracias!

  12. Buenas tardes, quisiera saber si los profesionales UNIVERSITARIOS tambien estan exentos del pago de IIBB en Provincia como lo estan en CABA.
    Muchas gracias, Sds

  13. Buenas tardes. Soy periodista con còdigo 922.000. Soy exenta. Fui a rentas, cuando me inscribì para que me den constancia de exenta y me dijeron que me vaya sin nada pues, por ley, ya quedo exenta. Ocurre que, ahora me piden, en una Instituciòn a la cual facturo constancia de exenciòn. ¿Còmo hago? sabiendo que en Rentas me habìan argumentado no me daban constancia.
    Gracias.

  14. tengo una playa de estacionamiento, que con todo los impuestos y alquiler que pago mas cargas sociales me quedan monedas, pago religiosamente ingresos brutos.- Tengo la mala suerte de compartir una cuenta bancaria con mi marido ingeniero y que gana muy bien, ademas de cobrar algunos alqwuileres. Esos H de P de rentas me sacan el 2,5% de todo lo mio mas lo de mi marido alegremente.- Mi marido cobra en total como $ 20.000 y yo no llego a 4.000.- No es justo que metan la mano en el bolsillo de esta forma, me argumentan qwue los bancos no tienen porque saber cuando uno deposita de quien es la plata, y si no me gusta que haga una cuenta bancaria para cada uno (absurdo total). que hago????

  15. Nuestra empresa se dedica a la industria y entiendo de que segun la normativa esta exenta en el impuesto IIBB en CABA ya que no supera los $20000000 anuales, Pero existen 3 problemas. 1º el contador siempre pago el impuesto a una tasa del 1.5% (por error), Ahora me intiman de que debo pagar el 3% desde el año 2003 y todavia no tengo clave ciudad. ¿que debo hacer?. ya que considero no debo pagar lo que me reclaman y debo hacer el tramite para la exencion. les agradeceria su gran ayuda por favor, la empresa es una SRL y el socio gerente esta en el exterior!

  16. Estimados:
    Soy de un centro educativo terapéutico que pertenece a salud, me encuentro en la Pcia. de Buenos Aires y quería saber si el mismo se encuentra excento o no de I.Brutos
    Evy

  17. Tengo un amigo que es discapacitado visual. Tiene un comprobante de discapacidad emitido por el ministerio de salud de la nación. Está exento de ingresos brutos en capital federal y en provincia de buenos aires?… GRACIAS!!

  18. Hola!
    Tengo un título intermedio.
    La carrera universitaria es Licenciatura en Diseño Gráfico (4 años en universidad privada). Yo tengo el título intermedio que es «Asistente en diseño gráfico» (3 años).
    Me sirve este TITULO INTERMEDIO para estar EXENTA de pagar IIBB?
    Gracias

  19. El Banco Ciudad me desconto IB multil cac por el deposito en caja de ahorro de una libranza judicial a instancias de una indemnizacion por despido laboral.Corresponde ?

  20. hola! tengo una amiga a la que le dijeron que tiene que hacer el tramite por internet para quedar exenta de pagar un impuesto del 3% que le piden, su madre acaba de vender una vivienda y no sabe como hacer el tramite podrian ayudarma gracias.

  21. Hola, se puede tener 2 actividades, una exenta y otra que no? y pagar x la que corresponde? como habria que llevar los libros? x que es complicado presentar asi los papeles no?
    tambien quisiera saber si se es exento x actividad se tiene que pedir la exencion o con la ley es suficiente, saludos y gracias

  22. Hola, si trabajo en confeccion de cortinas y manteleria por mi cuenta tengo que inscribir en el regimen simplificado, ya lo hice monotributo, algunos me dijeron q no es necesario

  23. Buenos días,
    Tengo un cliente que está inscripto en Convenio Multilateral (CABA – Pcia Bs.As.), desarrollando la actividad de producción de eventos musicales y teatrales. Quería saber si se aplica la exención de CABA referente a los ingresos de los artistas que desarrollen actividades culturales.
    Muchas gracias!

  24. Hola tengo una fabrica textil en capital federal mis proveedores me hacen percepciones por muchisimo dinero, como puedo evitar esto? estoy inscripto y todo pero me siguen reteniendo en la facturacion! que estoy haciendo mal? que me falta hacer?
    gracias

  25. Somos una Asociación Civil sin fines de lucro (Club Barrial) con Personería Jurídica otorgada en el año 1.954 mediante Decreto Presidencial; estamos inscriptos en AFIP con categoría de Exento.
    Tendrían la gentileza de informarnos si necesitamos una inscripción en Ingresos Brutos; de ser así que requisitos debemos presentar en la Dirección General de Rentas de la CABA.

  26. Hola:
    Soy persona fìsica y Alquilo un inmueble a una municipalidad de la Pcia. de Buenos Aires por $ 10.000 por mes me corresponde tributar ingresos brutos?
    gracias.

  27. hola si tengo una revista, esta esta exenta , pero en una empresa me piden el certificado de exenta … debo figurar como exenta? tengo que hacer algun tramite ? gracias

  28. Buenas tardes. Los contacto para saber que trámite y requisitos debo realizar para la exencion de profesionales en CABA de los IIBB. Estoy realizando el tramite del monotributo y lei que se exige el numero de IIBB para emitir factura C. COn la exencion ya estaría? Si tengo algun cliente en provincia de buenoas aires. Debo pagar o estoy exento tambien?

  29. soy musico monotributista ,quiero saber si mi exencion de pagar ingresos brutos es de DERECHO y si es asi cual es la ley o articulo
    muchas gracias
    s

  30. Soy fonoaudíologo universitario,soy monotributista,exento del pago de Ingresos Brutos.
    En una Obra Social me exigen una constancia de esa execión,¿dónde la extienden?
    Jorge

  31. Hola, necesitaba saber que impuestos debe abonar una agencia de loteria y si existe algún régimen especial respecto del impuesto sobre los ingresos brutos o algún otro aspecto.
    Muchas Gracias
    Gloria

  32. Hola, soy musicoterapeuta (univ) además percibo una renta de un pequeño campo en cordoba que esta alquilado… por esta actividad emito factura y pago monotributo… tengo domicilio en capital… debo pagar iibb en capital? estoy exento por profesional?
    muchas gracias por su asistencia

  33. la consulta e sla siguinete:
    abri una caja de ahorro en dolares en banco SantanderRio por la venta d emi unica vivienda y me han debitado el 3.5% de ingresos brutos. Yo esoy en regimen simplificado Monotribustista. en la pagina dice que las operaciones por unica vivienda estan exceptuadas, si es asi como puede ser que me hayan debitado el 3.5% y como tendria que hacer el reclamo.
    muchas gracias

  34. Buenas,
    soy músico. quiero inscribirme en monotributo para poder facturar a la productora que me contrata para tocar en sus shows. Tanto yo como la productora tenemos domicilio en CABA. Estoy exento de IIBB? Los músicos afiliados a Sadem (sindicato de músicos) y a AADI (Asoc. Argentina de Intérpretes) somos considerados músicos profesionales independientemente de si tenemos títulos universitarios, pero no estoy seguro si Rentas nos reconoce como profesionales.
    Muchas Gracias.

  35. Hola les hago la siguiente consulta. Tengo una sociedad de hecho con un socio y recibimos un subsidio de la Nación para desarrollar un proyecto.
    El subsidio debe pagar ingresos brutos?

  36. Buenas tardes, soy instalador y reparador de aire acondiciondor matriculado en la Cámara Argentina de Calefacción, Aire Acondicionado y Ventilación (CACAAV) y en la UTN, me inscrivi como Monotributista en el AFIP, deseo saber si estoy exento de Ingresos Brutos de la C.A.B.A.

  37. Hola,la consulta es la siguiente.Mi señora es Fonoaudiologa y tiene ,con una socia (psicologa), un centro educativo terapeutico pertenece a salud trabaja con chicos discapacitados en la zona de castelar pcia.de Buenos Aires quisiera saber si estan exentas de ingresos brutos y de IVA.Trabajan con obras sociales .desde ya muchas gracias.

  38. soy abogada y estoy inscripta en monotributo, y me inscribieron en iibb pcia. de buenos aires, estube incluida en arbanet, quiero saber si esto es correcto o puedo pedir la excencion en iibb

  39. hola soy licenciada en psicopedagogia,titulo obtenido por la universidad C.A.E.C.E
    QUIERO SABER SI TENGO QUE PAGAR INGRESOS BRUTOS,YA ME ANOTE EN MONOTRIBUTO.

  40. estimados
    soy licenciada en letras de la academia de toulouse en francia y ejerzo como preofesora en empresas de capital federal, como debo hcer para tener la excension de pago de IIBB? soy argentina pero mi titulo no está convalidado.
    muchas gracias,
    CZubiaurre

  41. Hola, una amiga mia es monotributista y escribe en 2 revistas, queria saber si por estos ingresos deberia estar inscripta en iibb. ella tiene domicilio capital, y las tareas tambien las realiza en capital.
    A su vez, tiene el proyecto de lanzar una guia, que seria una mini revista pero realizada sobre postales.
    En este caso esta actividad estaria gravada o no?
    Muchas Gracias!

  42. Soy monotributista, al querer cambiar el orden de las actividades económicas por Internet, me da un mensaje de error. Pregunté en AFIP y me dijeron que no hacía falta cambiar el orden que podía facturar para la actividad 2 y tener $0 para la actividad 1 (la principal según este orden, pero la secundaria en la realidad, ambas de servicios). Es esto correcto? Lo dejo así?

  43. Hola, soy licenciada en periodismo y comunicaciones (titulo universitario oficial x carrera de 4 años), me inscribi como monotributista en la categoria más baja porque facturo a una institucion 1.500 pesos nada más por mes, mi duda es por los ingresos brutos: como tengo que estar registrada: Exenta de ingresos brutos (si es que me corresponde tal exención) o como regimen simplificado? por favor necesito respuesta a la brevedad

  44. Hola, tengo un taller de encuadernación artesanal , encuadernamos libros nuevos y restauramos, queria informarme si por formar de el proceso del libro estamos exentos.
    Gracias

  45. Buenas tardes. Les comento. Tengo un cliente que es una SA, la misma está inscripta en IIBB y gozaba de la exención o tasa 0 como se le llamaba antiguamente. Ocurre que alquila la propiedad donde tiene la actividad industrial y la habilitacion, dentro del mismo rubro, está a nombre del propietario del inmueble. Hubo una inspección y quieren gravar los últimos 5 años aduciendo que no cuenta con la «debida habilitación» si bien dejan en claro que no hay dudas sobre que se trata de una industria. Esta SA tiene numerosas retenciones de IIBB, SIRCREB y percepciones que en su momento pidió que le devuelvan. ¿tienen casos parecidos? ¿tienen opinión al respecto? ¿le conviene a la SA aceptar que le graven y luego apelar?. Como verán son muchas dudas y no tenemos certeza de como actuar ante el Inspector. Agradeceré respuesta. El contribuyente es solo local de la CABA.

  46. Hola tengo una srl, fabrico indumentaria deportiva , la cual es una actividad industrial pues realizamos todo la fabricion de las prendas.El tema es que tengo venta mayorista y minorista. En esta situacion estoy exento del pago de IIBB o no ? y si en caso afirmativo que tramite y requisitos tiene. Espero alguien pueda ayudarme.. Muchas gracias!

  47. Buenas Tardes.
    Soy abogada, matriculada en capital solamente, inscripta al monotributo, domicilio fiscal en Pcia. y voy a facturar en capital.
    Estoy exenta de ingresos brutos?
    Tengo que hacer algun tramite para poder estarlo?
    Debo tener domicilio en capital?
    Desde ya muchas gracias.

  48. Se puede inscribir una fundación en el impuesto a los ing. brutos por internet? a traves del representante legal autorizado? Me darían alguna instrucción. Gracias

  49. Mi duda es la siguiente:
    soy musico profesional y me gustatia saber si me corresponde pagar ingresos brutos o estoy exento, desde ya muchas gracias!!
    Gabino.

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