
Para poder ejecutar cualquier tipo de trámite al comprar o vender bienes inmuebles hay que pagar una serie de obligaciones para poder otorgar el bien a otro propietario. De igual modo lo deben hacer las personas que reciben bienes por herencia o sucesiones. Pero usted ¿Sabe en realidad cuánto es el impuesto a la transferencia de inmuebles?. Muchas personas no están informados en sí cuál es el monto exacto, la información que se maneja a nivel inmobiliario es que se deduce el 3% sobre la base imponible.
¿Cuánto es el impuesto a la transferencia de inmuebles?
Es importante recalcar que las obligaciones del pago del impuesto a la transferencia de inmuebles no se puede pasar por alto. Es de carácter obligatorio y es pagadero dentro lapso establecido incluyendo luego de haber entregado el documento de transferencia. Este impuesto también se aplica cuando se adquieren vehículos por tratarse de una normativa establecida a nivel municipal.
Tal como lo establece el Decreto Supremo Nº 24054, en su Art. 7º expresa: “Sobre la Base Imponible determinada conforme al artículo precedente se aplicará una alícuota general del tres por ciento (3%)”. En al artículo siguiente se expresa la forma de pago, “El Impuesto se liquidará en Declaraciones Juradas que se realizarán en formularios diseñados y aprobados uniformemente por los entes recaudadores, debiendo ser pagado dentro de los diez (10) días hábiles posteriores a la fecha de perfeccionamiento del Hecho Generador, en los Bancos autorizados”.
¿Cuáles son las razones para transferir una propiedad?
Como indicamos anteriormente todos los bienes inmuebles transferidos están en la obligación de pagar el impuesto a la transferencia de inmuebles. Existen muchas razones para transferir una propiedad. Entre ellas se encuentran:
- Por Herencia: obviamente sucede cuando una persona fallece y deja varias propiedades a los herederos. Por supuesto además de cancelar el impuesto que estamos analizando también tiene que cancelar otro tipo de impuestos y hacer varios trámites.
- Por Compraventa: es uno de los más comunes es cuando se transfieren los bienes por compra-venta. Una vez que se cancelan los impuestos y el bien es legalmente del nuevo propietario.
- Por Adjudicación Judicial: esto ocurre cuando una persona o empresa adquieren una propiedad por medio de un fallo judicial. Lo más frecuente es por perdidas de bienes por no cancelación de las deudas o por propiedades en litigio.
- Por Prescripción Adquisitiva: es poco común pero se adquiere cuando una propiedad ha estado en arriendo por más de 10 años y el propietario ha fallecido y no tiene descendientes o no se sabe el paradero del mismo.
En todos estos casos se debe realizar documento de transferencia, mismo que debe ser acompañado por el impuesto a la transferencia de inmuebles . Como ya se explico anteriormente, este impuesto es el 3% del valor total de la propiedad hasta los momentos. Es posible que se hagan cambios a futuros ya que hasta hace un año estaba en 1,5%.
Otros impuestos a pagar
- Impuesto a los sellos: Es un impuesto que pagan tanto el comprador como el vendedor, los montos se establecen manera tal que ambas partes cancelan lo mismo.
- Impuesto al Cheque: este impuesto lo cancelan las o empresas que realicen transferencias entre cuentas bancarias por la compra-venta del inmueble que no alcanzan el impuesto a la transferencia de inmuebles que no exceda el 1,2% del importe que se transfiere.
No hay razones validas para poder evadir esta obligación. Sin embargo dependiendo del valor de la propiedad los montos pueden bajar o subir. Pero bien vale la pena cancelarlos para poder ser propietarios de los bienes.
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