Como solicitar los Créditos a Tasa 0 para autónomos y monotributistas

El Coronavirus está afectando notablemente los ingresos de toda la población, pero especialmente, de la clase media que trabaja en forma independiente y de las empresas pequeñas, medianas y microemprendimientos. Para abarcar a esta población que no había recibido ninguna ayuda desde el comienzo de la pandemia, el Gobierno acaba de anunciar Créditos a tasa 0 para Autónomos y Monotributistas

Créditos a Tasa Cero para autónomos y monotributistas

Esta es la primer medida destinada a todo el universo de trabajadores independientes y no asalariados, sin distinciones de categorías. 

El Gobierno abrió la posibilidad a monotributistas y autónomos a acceder a créditos con tasas de interés nominal de 0% y con un subsidio de todo el costo financiero de la operación, que se ajustará a las situaciones que defina la Jefatura de Gabinete, según el decreto 376/2020.

¿Quienes pueden acceder a los Créditos a tasa Cero del Gobierno?

Podrán acceder todos los autónomos y monotributistas, sin distinción de categorías

¿Cual es el monto de los Créditos a tasa cero para Autonomos y Monotributistas?

Los Autónomos y Monotributistas podrán acceder a un monto de hasta el 25% de los ingresos límite de su categoría, con un tope de $150.000.- El beneficio se otorgará en 3 cuotas iguales y consecutivas.

A cada una de estas cuotas se le adicionará el importe equivalente al pago de impuestos y aportes de monotributistas y autónomos, que se retendrá automáticamente.

¿Como se cobra el crédito a tasa cero para monotributistas y autónomos?

La financiación se acreditará en la tarjeta de crédito del beneficiario, en los términos que determine el BCRA y que aun no hay información.

De esta manera, los fondos no se depositarán en la cuenta del contribuyente, sino que se habilitarán solo para el pago de la tarjeta de crédito hasta el tope indicado.

Requisitos para acceder a los créditos a tasa cero para monotributistas y autónomos

Los requisitos para acceder a los créditos a tasa cero del Gobierno son los siguientes:

Los sujetos alcanzados por la norma podrán acogerse a los beneficios del Programa en la medida en que den cumplimiento a los siguientes criterios:

  • Ser autónomo o monotributista de cualquier categoría, inscriptos en AFIP.
  • Actividades económicas afectadas en forma crítica en las zonas geográficas donde se desarrollan.
  • Sustancial reducción en su facturación con posterioridad al 12 de marzo de 2020.

¿Como solicitar la inscripción en el beneficio de los créditos a tasa cero?

El decreto dice que la forma de inscripción será determinada por la Jefatura de Gabinete en los próximos días. Sin embargo, se descuenta que se hará con la inscripción en algún servicio de AFIP con clave fiscal, dentro del marco del Programa de Asistencia a Empresas ATP.

Estaremos atentos para actualizar la información

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