En nuevo plan de pagos a 10 años o de hasta 120 cuotas o meses como quieran llamarle ofrece por cierto algunas dudas, este Plan de Pagos de AFIP se trata de un nuevo Régimen de regularización de deudas impositivas. Una de las dudas es la de cómo y desde cuando se pueden adherir, será desde el próximo 15 de Abril, esta posibilidad de adherirse es por la Web de AFIP y así obtener un Plan de Pagos en forma de financiamiento de hasta 120 cuotas.
Así es que los contribuyentes disponen de esta una nueva oportunidad, es para todos los contribuyentes que registren una deuda podrán ir a la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), para por así decirlo negociar un Plan de Pagos según su capacidad financiera.
Por lo que le ofrecemos una guía de la documentación e información básica que deben consultar por el Nuevo Plan de Pagos de AFIP. Por ejemplo les servirá saber coinciden con el monto de su deuda, lo que les evitará tener que concurrir a una sucursal de AFIP entre otros aspectos.
Calendario para Adherir al Plan de Pagos de AFIP:
Podrán hacerlo entre el 15 de Abril al 31 de Julio de 2013 podrán ingresar en el régimen de pagos y quedar dentro del Plan de Facilidades de Pago y así poder regularizar solo las deudas en que el pago hubiera debido ser hasta el 28 de Febrero del corriente año como actualizaciones y multas que tuvieran.
Cómo Tramitar por Internet y Llenar el Formulario Plan de facilidades de pago RG 3451 de AFIP:
Deben ingresar a la Web www.anses.gob.ar, para luego ingresar los datos de la Clave Fiscal, pudiendo calcular cuanta es su deuda.
A partir del 15 de Abril, ingresando a la opción “Mis Facilidades”, en la Web de ANSES, podrán completar el formulario online “Plan de facilidades de pago RG 3451“ y así adherir al plan de pagos.
Pago en Cuotas:
AFIP señala que todos los planes podrán pagarse en un total de 120 cuotas mensuales. Existe una sola condición siendo que cada una de las las cuotas no pueden el monto ser menor a $150. Además de que las cuotas deben ser iguales y consecutivas en el monto y pago.
Pago de la Deuda con Intereses:
Tras adherirse al Régimen de Pagos, y fijada la deuda y la cantidad de cuotas a pagar, deben declarar una cuenta bancaria para el pago.
Una vez esto, el importe será debitado el 16 de cada mes, si en la cuenta no existiera saldo, AFIP aplicará otro débito sobre la misma cuenta el 26 de dicho mes en el que aplicará intereses de dicho período. Mientras que a las 2 cuotas de mora es decir no pagar, o en todo caso a los 60 días corridos tras el último pago el Plan de Pagos se caerá.
Imagen: AFIP
Dejar una contestacion