En provincia de Buenos Aires mientras el gobierno de Daniel Scioli se defiende de lo indefendible respecto a las inundaciones, el fisco bonaerense, ARBA lanzó un nuevo plan de pago para impuestos bonaerenses. Sin son contribuyentes afectados por las inundaciones pueden conocer sobre las ayudas Aqui.
Plan de Pago de Impuestos Bonaerenses:
Este nuevo plan de pago alcanza a las deudas de agentes de recaudación de Ingresos Brutos y Sellos, sobre retenciones y/o percepciones no efectuadas. Además de poder incluir los anticipos, accesorios, intereses, recargos y sanciones.
Pueden revisar calendario de ARBA de vencimientos impuestos
Como es el Plan de Pago de Impuestos Bonaerenses:
La Agencia de Recaudación de la provincia de Buenos Aires (ARBA), acaba de lanzar un nuevo plan de pago:
De 6 cuotas
Un interés de 0,5% mensual
Periodo de Deudas a Ingresar:
Para deudas vencidas entre el 1 de enero y el 31 de Julio pasados y que no registren una ejecución judicial ni en instancia de fiscalización, determinación o discusión administrativa.
Que Impuestos Pueden Ingresar al Plan:
La Resolución 40/2015 emitida por ARBA, cuyo titular es Iván Budassi ha establecido entre el 1 de Agosto hasta el 31 de Diciembre de 2015 el régimen de regularización de deudas para impuestos como:
- Inmobiliario básico y complementario.
- A los Automotores, salvo a las embarcaciones deportivas o de recreación.
- Sobre los Ingresos Brutos.
- de Sellos.
El plan alcanza a deudas de agentes de recaudación de Ingresos Brutos y Sellos, relacionadas con las retenciones y/o percepciones no efectuadas. Además de poder incluir:
Anticipos
Accesorios
Intereses
Recargos y sanciones
Mientras que los agentes de recaudación, aunque estuvieran en discusión administrativa o judicial, quedando excluidas las que llegaron a su ejecución judicial.
Impuestos que No Pueden Ingresar:
No podrán regularizar a partir de este régimen las deudas incluidas en planes de pago y que su caducidad opere durante el corriente ejercicio fiscal.
Medios de pago de obligaciones regularizadas podrá realizarse a partir de estos medios de pago:
- Al contado: con una bonificación de 10% por pago dentro del plazo previsto al efecto, para la regularización de deudas de los contribuyentes; y sin bonificación en el caso de regularización de deudas de los agentes de recaudación.
- En cuotas con un anticipo de 10% de la deuda y el saldo, con tres cuotas mensuales sin interés de financiación, o hasta seis cuotas mensuales con un interés sobre el saldo de 0,5%.
Cuándo Caduca:
La caducidad del régimen será, de pleno derecho y sin necesidad de interpelación, ante la falta de pago al vencimiento del plazo fijado para la modalidad de cancelación del régimen al contado, o por el mantenimiento de una cuota impaga a los 45 días corridos del vencimiento.
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