Código de Autorización Electrónico Anticipado

La RG nº2626 de AFIP  establece nuevas disposiciones mediante las cuales los responsables inscriptos en el IVA que adhieran al mismo deberán consignar en los comprobantes respaldatorios de sus operaciones un Código de Autorización Electrónico Anticipado “CAEA”(Código de Autorización Electrónico Anticipado) en reemplazo del “CAE”. (Código de Autorización Electrónica).
La solicitud de adhesión deberá realizarse mediante transferencia electrónica de datos a través de la Web  www.afip.gov.ar seleccionando el servicio “Regímenes de Facturación y Registración” y deberán informar el período a partir de cual comenzarán a aplicar el citado procedimiento especial.
Cabe destacar que se deberá solicitar un único “CAEA” por contribuyente, y tendrá validez para los comprobantes que se emitan en los siguientes períodos:

  • Primer período: entre los días 1 y 15 de cada mes (ambos inclusive).
  • Segundo período: entre los días 16 y último de cada mes (ambos inclusive).

El tiempo límite para tramitare el CAEA es el 27 de Octubre de 2010.

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