Siguiendo con Bienes Personales y la actualización mínimo exento, no todos están alcanzados y no todos saben al respecto por lo que es bueno repasar ciertos aspectos de Bienes Personales, sobre los bienes alcanzados y exentos, desde cómo tributan y qué bienes son alcanzados, además de la fórmula para calcular lo que les corresponde tributar.
Bienes Personales: Bienes Alcanzados y Exentos y Cómo se Calcula
Bienes Personales se encarga de gravar los activos de personas físicas según su valor de mercado al 31 de Diciembre de cada año, si bien no todos se valúan igual. En cuanto a las propiedades, se rige según la valuación fiscal del bien, a determinar el mayor importe entre el valor que figura en la boleta del Impuesto Inmobiliario provincial. O en su defecto del valor residual -el que está en la escritura en pesos menos una amortización del 2% anual sobre la porción del edificio-.
Los especialistas explican que “de este modo, inmuebles adquiridos recientemente quedarán expuestos a un valor muy similar al de mercado, mientras que las propiedades más antiguas, seguramente, gravarán el tributo conforme a su valuación fiscal”. Además que “puede ocurrir que una persona termine tributando por un monoambiente adquirido en 2013 a u$s60.000 mientras que otra no lo haga por una casa de cinco ambientes comprada en 2001, con una valuación fiscal menor a 305.000 pesos”.
Bienes Personales: Deudas
Bienes Personales, alcanza a los bienes aunque No se puede computar las deudas, solo en el caso de un crédito para la compra de casa habitación.
Bienes Personales: Vehiculos
Sobre los vehículos, Bienes Personales grava tomando el mayor monto entre su valor residual -valor de adquisición menos una amortización del 20% anual- y el valor de mercado – en base a la tabla publicada por AFIP que se basa en datos de la Superintendencia de Seguros de la Nación-. Los automotores solamente son gravados mientras dura su vida útil de 5 años.
Al superar los 5 años, queda totalmente amortizado, no siendo alcanzado por Bienes Personales, sin importar que el propietario tenga un alto valor de reventa del mismo. Al revenderlo, el nuevo propietario -persona físicaen cuanto a lo tributario- le corresponderá tributar por los primeros 5 años de tenerlo.
En el caso que adquieran un auto a crédito, queda gravado el valor total sin poder deducir la deuda a fin de año. Si el valor que aporta la Superintendencia de Seguros a AFIP, fuera superior al de mercado, genera una inequidad.
Bienes Personales: Bienes Exentos
Tomando como ejemplo, un pequeño departamento nuevo que fuera adquirido y no tuviera deuda y un auto o la tenencia de dólares en efectivo, correspondería tributar por Bienes Personales.
Por otro lado hay bienes exentos de Bienes Personales, como ser:
-Títulos públicos
-Las cuentas de seguros de retiro administrados por la Superintendencia de Seguros
-Los depósitos a plazo
-Las cuentas bancarias -no asi las cuentas corrientes- en entidades financieras nacionales.
Dicha exención viene de 2001 año del corralito financiero, y desde la ley no fue modificada. Lo que genera que los contribuyentes -personas físicas- con ahorros en entidades financieras no son alcanzadas respecto a los saldos de depósitos a plazo fijo o cajas de ahorro, pero Sí son alcanzados los que tengan ahorros en efectivo.
Imagen: Clarín
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