Los trabajadores Autómomos cada inicio de año tienen novedades en diferentes aspectos como en los montos en los aportes que deben cumplir los trabajadores autónomos así como sucede con los empleados en relación en dependencia.
Les ofrecemos a los Autonomos Categoria I la tabla de nuevos aportes ya que se ven influidos los montos por los nuevos topes en los aportes jubilatorios y en la obra social, cada vez que AFIP los actualiza, también se ven modificados los valores mensuales de los autónomos.
Llegado Abril se da el primer vencimiento con los nuevos montos, para esta actualización como en anteriores casos, AFIP no sacó ninguna Resolución General para las actualizaciones de los montos en las cuotas de los autónomos.
AFIP en su Web publicó los nuevos importes a pagar por los trabajadores Autónomos, en la primera semana de Abril cuando inicia el primer vencimiento en 2015 para los trabajadores autónomos empezando a regir los nuevos valores- actualizados por el ajuste semestral del haber mínimo jubilatorio– que deben cancelar mes a mes los trabajadores independientes.
Autonomos Tabla Nuevos Aportes a Pagar en Abril:
Para saber los nuevos valores a pagar:
-Ingresar a la Web de AFIP con Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) y Clave Fiscal.
-Ingresar al servicio «Sistema Registral» – «Tramites» – «Consulta de Tramites efectuados».
-Luego hacer clic en la lupa del último «Reempadronamiento/(Empadronamiento) de autónomos» e imprimir.
Con estos pasos, los trabajadores autónomos podrán acceder a la tabla de los nuevos valores actualizados de la cuota desde el devengado de Marzo 2015, que vence en la primera semana de Abril, y que deben pagar según la terminación de la Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT).
Categoría I.
Aporte Mensual de 708,95 pesos
-Personas físicas que ejerzan profesiones u oficios y productores de seguros con ingresos anuales hasta 20.000 pesos.
-Comerciantes con sumas de hasta $25.000 por año.
-Los que adhieran voluntariamente al sistema previsional (religiosos, directivos de cooperativas que no perciben retribución, amas de casa, profesionales o personas que aportan a cajas especiales, titulares de condominios sin tareas de dirección).
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