Así como AFIP tiene sus actuaciones en materia de regularización tributaria como en las declaraciones juradas, ARBA acaba de lanzar su nuevo plan que regulariza las deudas catastrales de la Provincia. Con esto ARBA impulsa el que se regularicen las actuales condiciones tributaria de los contribuyentes que edificaron al 31 de Diciembre de 2012 y que evitaron o olvidaron informar a ARBA.
Este queda contemplado en la resolución normativa que fue publicada en la Web de la Agencia de Recaudación bonaerense (ARBA) que dispone de un nuevo programa de regularización catastral de aquellos contribuyentes que llevaron adelante obras y mejoras en sus propiedades y que no han declarado tal mejora u construcción.
Con esto ARBA, tiene por objetivo ordenar la condición tributaria de los que han edificado hasta el 31 de Diciembre de 2012 teniendo que regularizar dicha situación catastral y declarar ante Arba, como lo exige la reciente resolución normativa publicada. ARBA aclara que este programa seguirá vigente hasta fines de 2013 teniendo como premio los contribuyentes una bonificación del 60% para los que le informen a ARBA voluntariamente sobre sus edificaciones sin que ARBA se lo exija.
Para la Confección del Plan Trámites / Declará tu casa y mejoras, deben ingresar un objeto imponible y datos personales en el formulario, lo pueden hacer por aquí.
Declaracion jurada web asistida:
Se refiere a la Presentación de Declaración Jurada, para el trámite que le permite al contribuyente poder cumplir con la obligación legal de informar las diferentes características constructivas de su Inmueble (Art. 81 de la ley N° 10.707).
Uno de los requisitos para poder realizar dicho trámite on-line es el tener su Clave de Identificación Tributaria (CIT), en caso de no tenerla podrán Obtener su CIT desde aquí. El Trámite on-line lo pueden hacer Ingresando por aquí. Además pueden hacer el Seguimiento del trámite ingresando por aquí.
Presentación de Declaración Jurada Presencial:
Para Presentar la Declaración Jurada presencialmente el trámite le permite al contribuyente cumplir a la obligación legal de informarle a ARBA cuales son las características constructivas del Inmueble (Art. 81 de la ley N° 10.707).
Requisitos:
Respecto a los requisitos exigidos para poder iniciar el trámite, pueden hacerlo ingresando desde aquí.
Trámite on-line:
Para lo referido al trámite on-line pueden ingresar desde aquí.
Trámite Presencial:
Si su opción es realizar el trámite presencial pueden ver cual es el centro de servico más cercano, pueden
ingresar por aquí.
Incumbencias:
Es exento de tasa notarial. Según la normativa hay determinadas incumbencias para operarlo.
Profesionales:
Agrimensor, Arquitecto, Ingeniero con incumbencia en el ejercicio de agrimensura, Ingeniero con incumbencia en materia inmobiliaria, Maestro Mayor de Obra.
Particular:
Particular – titular; particular – poseedor empadronado.
Incumbencias de Organismos:
Para esto pueden ingresar desde aquí.
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