ARBA inscripcion en Ingresos Brutos

ARBA hace poco ha generado polémica con la puesta en marcha de cámaras para realizar filmaciones en diferentes en establecimientos, a partir de la nueva Ley Impositiva 2015 con la que ARBA podrá utilizar los Indicadores Mínimos de Trabajadores (IMT) similares a los utilizados por la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP). El mencionado IMT le permitirá conocer cual es la cantidad de trabajadores dependientes requeridos por cada unidad de obra o servicio, por actividad, y por determinado período. También se valdrá ARBA de los gastos particulares; además de alnzar algunas novedades sobre la inscripción en Ingresos Brutos.

Esta nueva Ley establece que “el ingreso bruto de un período fiscal no podrá ser inferior a 3 veces las remuneraciones básicas promedio del convenio colectivo de trabajo propio de la actividad, conforme a los Indicadores IMT que estableció la AFIP, o el alquiler que paguen o el que se comprometieran a pagar, el que sea el mayor correspondiente al mismo período”. Además de otros aspectos relacionados.

Inscripción en Ingresos Brutos:

Por lo que cualquier contribuyente que desee iniciar una actividad previamente tendrá que estar inscripto en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos, por lo que no alcanzará con disponer del CUIT otorgado por AFIP y junto a la habilitación municipal. Luego de constantar que desarrollan una actividad gravada sin inscripción, los agentes de AFIP podrán aplicarles una suspensión sobre dicha actividad y si procediera podrian clausurarles el establecimiento.

ARBA Gastos Particulares:

A fin de poder calcular el impuesto no declarado, ARBA pondrá la lupa fiscal sobre los gastos particulares de:

-Alimentación
-Vestimenta
-Combustible
-Educación
-Salud
-Servicio doméstico
-Alquiler
-Además de otros rubros.

Gastos en Comercios:

Sobre los comercios, ARBA tomará los indicios en consumos de:

-Gas
-Agua
-Energía eléctrica
-Otros servicios públicos
-Gastos de alquiler
-Seguros
-Seguridad y vigilancia
-Publicidad
-Además de otros.

Profesionales Independientes:

Respecto a los profesionales independientes, los importes netos declarados en el IVA respecto a los años no prescriptos se trata del monto de ingreso gravado del Impuesto sobre los Ingresos Brutos.

Monotributistas:

Mientras que los monotributistas, ARBA toma en cuenta el importe establecido para el límite máximo de ingresos brutos anuales de la categoría, para los últimos 12 meses, ingreso omitido en los períodos fiscales no prescriptos.

Nuevo Control:

ARBA además aplica un nuevo mecanismo de control relacionado a la obligación para los que realicen la impresión de facturas, como ser los monotributistas, en caso de detectar que previamente estuvieron inscriptos en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos.

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