AFIP Turnos Web: devolución percepciones dolar ahorro y turismo

AFIP Turnos Web: devolución percepciones dolar ahorro y turismo. Muchos ya vienen realizando el trámite para obtener la devolución de los recargos del 20% y 35% por compra dólar ahorro y turismo para lo que deben seguir los pasos que le señalamos en el articulo: AFIP Turnos Web: devolución percepciones dolar ahorro y turismo.

Los contribuyentes deben consultar cuáles son los requisitos y cómo tramitar la devolución del recargo del 20% y/o 35% ante AFIP; ya que deben conocer todo los pasos y requisitos y datos solicitados por AFIP para el trámite de devolución del recargo del 35%.

AFIP Turnos Web: devolución percepciones dolar ahorro y turismo

-También pueden consultar el Calendario AFIP fechas devolucion cuotas: recargos dolar ahorro y turismo AQUI

-Pueden consultar toda la información sobre la devolucion de recargos 20% y 35%:

-AFIP habilitó la posibilidad de sacar turnos Web para la devolución de percepciones AQUI

-La Web de AFIP ofrece dicho “botón” desde el que permite solicitar un turno online con AFIP para iniciar el trámite personal.

-Tener turno online será obligatorio desde el Lunes 25 Enero, el primer paso para aquellos que no tramitaron la devolución de las percepciones o recargos del 20% y 35%.

Por lo que aquellos que deben concurrir a una de las agencias AFIP de forma previa deben tramitar un turno online en AFIP para luego concurrir en día y horario determinado para iniciar el trámite para reclamar la devolución del 35% por:

-Compras en el exterior con tarjeta de crédito, débito

-Compra de paquetes turísticos

-Compras por Internet en Web del exterior

-y/o el 20% por compra de dólar ahorro.

Quiénes Están Exentos de Tramitar Turnos Online:

AFIP aclaró que el turno online no deberán tramitarlo las:

-Embarazadas
-Personas mayores de 70 años
-Personas con movilidad reducida

Estas personas tendrán una atención prioritaria en las agencias AFIP.

Completar el Formulario:

-Después podrán completar el formulario en la Web de AFIP, paso que sigue vigente como hasta ahora.

Datos Biométricos:

-La registración de los datos biométricos como: fotografía, firma, huella dactilar y presentar el DNI dejará de ser necesario para el trámite, lo que permitirá agilizar las solicitudes de devolución de recargos por dólar ahorro y turista.

Clave Fiscal:

-La Clave Fiscal nivel 3 debían tramitarla obligatoriamente mediante un trámite presencial.

Requisitos que se Mantienen:

Registrar el CUIT
Tener Clave Fiscal nivel 2
Tener un CBU bancario

Estos datos siguen siendo necesarios.

Dichos datos no los tienen todos los contribuyentes, por lo que debieron ir hasta una agencia de AFIP.

AFIP, luego realiza el cruzamiento de datos para saber si el contribuyente podrá justificar la percepción del monto, ya que deben cumplir con las condiciones tributarias.

 

Devoluciones

AFIP ya les venvío a los contribuyentes que iniciaron el trámite una carta con el listado de datos que estos deben aportar respecto a:
-Facturación
-Documentación
-Cuentas bancarias

Calendario AFIP fechas devolucion cuotas: recargos dolar ahorro y turismo:

Devolución Total o en Cuotas:

Las devoluciones no serán juntas ni de una sola vez, se devolverá en cuotas y un tope máximo de 6.000 pesos.

AFIP Calendario de Pagos Devolución Recargos 20% y 35%:

En la primera fecha se les devolverá más del 50% de los fondos.

-Primera cuota:

Martes 16 de Febrero

Iniciará el proceso de devolución automática de las solicitudes ingresadas por los períodos de 2012 al 2014.

-Segunda cuota:

Viernes 11 de Marzo

Si las percepciones solicitadas superan los $6.000, el reintegro se pagará en cuotas mensuales:

Si un contribuyente tiene acumulados $19.500, cobrará en tres cuotas de $6.000 la primera el 16 Febrero, el 13 Abril y el 12 Mayo y una de $1.500, será efectivizada el 14 de Junio.

-Tercera cuota:
Miercoles 13 de Abril
-Cuarta cuota:
Jueves 12 de Mayo
-Quinta cuota:
Martes 14 de Junio
-Sexta cuota:
Jueves 14 de Julio.

AFIP, estima que, existen entre 15 y 20 millones de pesos que no fueron reclamados por los contribuyentes todavia.

Devolución Percepciones de 2015:

-Al solicitar las devoluciones por las percepciones de 2015, AFIP responde que los contribuyentes que les corresponda tendrán que esperar hasta la presentación de las declaraciones juradas en Abril/Mayo de 2016.

-Este plazo se debe a que, al vencimiento de la obligación, AFIP recién podrá conocer la verdadera situación del contribuyente respectoa dicho periodo.

-Todas las solicitudes por 2015 fueron grabadas y serán procesadas a mediados de 2016.

-Las devoluciones de 2015 serán a partir de Agosto 2016.

 

También Pueden Consultar:

 

AFIP Devolucion Percepciones: Formulario F746/A

Devolucion recargos 20% y 35%: lista de datos que solicita AFIP

 

Como recuperar recargos de AFIP por dólar ahorro y gastos turísticos

 

Monotributistas y Autonomos: devolucion recargo 20% y 35%

 

Tutorial como tramitar la devolucion del recargo 35%

 

Datos Solicitados por AFIP:

-Si han utilizado alguno de los importes solicitados como devolución de percepciones sufridas para la cancelación de algún concepto recaudado por AFIP.

-Si los agentes de percepción anularon o reintegraron las percepciones sufridas.

-Si incorporaron en el F. 746/A percepciones no informadas en la Web de AFIP en el link “Mis Retenciones” en ese caso, deberán informarlas aportando documentación respaldatoria.

-Presentar una Planilla con el detalle mensual de ingresos habituales y eventuales percibidos/cobrados en los periodos fiscales por los que solicita la devolución de las percepciones y que justifiquen las erogaciones que las originaron.

-Si tienen mas de una cuenta bancaria (corriente o caja de ahorro) y realizan transferencias entre las mismas, deben aportar la planilla de trabajo donde se verfique mes por mes y copias de resúmenes de las cuentas por los años calendarios por los que solicita la devolución.

-Si son titulares de una única cuenta y de haberse efectuado en estas acreditaciones por ingresos eventuales como: prestamos, venta de bienes, plazo fijo, entre otros, aportar planilla con el detalle mensual con copia de la documentación probatoria.

-Si trabajan en relación de dependencia, aportar la planilla de trabajo con detalle mensual de: sueldo bruto, deducciones efectuadas, sueldo neto percibido por los años calendario por los cuales solicita devolución, informando totales anuales por cada columna.

-Sin son Monotributista, deben aportar la planilla de trabajo mensual con el detalle de los ingresos facturados y percibidos (exhibir comprobantes).

-Si no presentaron en tiempo y forma las declaraciones juradas en Ganancias/Bienes Personales, deben cumplimentar con lo requerido por los periodos fiscales solicitados.

Que Contribuyentes Pueden Tramitar la Devolución de los Recargos:

-Los contribuyentes que no pagan Impuesto a las Ganancias ni Bienes Personales que viajaron al exterior y hicieron compras con tarjetas, adquirieron paquetes turísticos o dólares para ahorro.

-Empleados en relación de dependencia
-Jubilados
-Monotributistas y Autonomos

Que, por su patrimonio, no están obligados a tributar Bienes Personales y sufrieron los recargos del 20% y 35%.

Contribuyentes de Ganancias y/o Bienes Personales:

También pueden aplicar los recargos del 20% o 35% como pago a cuenta de Ganancias y/o Bienes Personales.

Dónde Realizar el Trámite ante AFIP:

Pueden hacerlo en una agencia de AFIP -con previo turno online-o desde la Web (www.afip.gov.ar).

Requisitos Especificos:

-Para empezar el trámite deben tener CUIT

AFIP ya No exige tener registrados y aceptados los datos biométricos

-Contar con Clave Fiscal con nivel de seguridad 3.

Si no tienen CUIT o Clave Fiscal debene tramitarlo en agencias de AFIP que le corresponda según su domicilio.

Trámites en la Web de AFIP:

-Los trámites que pueden realizar desde la Web de AFIP.

Primero ingresar a la Web de AFIP con Clave Fiscal

-Seleccionar opción “Mis aplicaciones web”

-Dentro de dicha opción cliquear “nuevo”

-En la pestaña con los campos “organismo” y “formulario”.

-En el primer campo deben poner “AFIP” y en el segundo “F.460/A – Devoluciones y transferencias”.

-Luego se habilitará la sección “período fiscal”, deberán completar el mes y el año (el formato es AAAAMM) en el que se realizaron las operaciones.

-El último paso, será en el apartado “Mis retenciones” donde figuran las percepciones sufridas.

-Deberán seleccionar las percepciones que solicitan que les devuelva AFIP y cliquear en “presentar”. Si faltara alguna, podrán ingresala manualmente.

Cómo Informa el CBU para que AFIP les Deposite los Montos de los Recargos:

Para realizar el trámite de devolución, deben informar el CBU de una cuenta bancaria, es el dato con que AFIP podrá transferir la devolución del o los recargos.

-Primero, ingresar al servicio “Declaración de CBU para cobros de origen tributario, aduanero y de la seguridad social” y presionar sobre el botón “ingresar”.

-Segundo ingresar el número del CBU de la cuenta respetando el formato requerido por el sistema (8 dígitos – 14 dígitos) y cliquear en “consultar”.

Aparecerán los datos de la cuenta. Si son correctos, deberán confirmarlo clickeando en “registrar”.

 
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