AFIP disponen de un nuevo Plan de Facilidades de Pagos de 24 cuotas en el que hay agunos tipos de deudas a ingresar y otras deudas que no podrán regularizar en el régimen especial de facilidades de pago para contribuyentes particulares y empresas.
AFIP regimen de facilidades de pago: plazo, cuotas y interes
Plan facilidades de pago AFIP: como utilizar el simulador online
AFIP Plan de Facilidades de Pago 24 cuotas: Tipos de Deudas a Ingresar
-Obligaciones impositivas y de los recursos de la Seguridad Social:
Que tenían como vencimiento para presentar la declaración jurada y pago del saldo hasta el pasado 31 de Marzo de 2014, y sus intereses, actualizaciones y multas
-Multas aplicadas o cargos suplementarios formulados por el servicio aduanero hasta el 31 de Marzo de 2014, inclusive, sus intereses y actualizaciones.
-El Impuesto a las Ganancias que alcanza a las erogaciones no documentadas.
-Las deudas en discusión administrativa, contencioso-administrativa o judicial, y en ejecución judicial, si el demandado desista o se allane totalmente y, se asuma el pago de las costas y gastos causídicos.
-Los ajustes resultantes de fiscalizaciones de AFIP, si están conformados por el responsable y las obligaciones respectivas siendo susceptibles de incluirlas.
-Las cuotas mensuales del impuesto integrado y las cotizaciones previsionales fijas de los sujetos adheridos al Monotributo.
-Obligaciones de cualquier naturaleza incluidas en planes de facilidades de pago presentados vía Sistema «Mis Facilidades» y estuvieran caducos previamente al 31 de Marzo de 2014, inclusive, siendo susceptibles de incluirlas.
Deudas que No Podrán Incluirse:
-Obligaciones de cualquier naturaleza incorporadas en planes de facilidades de pago presentados vía Sistema «Mis Facilidades» y que estén vigentes, cancelados o reformulados al día de su adhesión, los planes caducos posteriormente al 31 de Marzo 2014 y las diferencias de las obligaciones, No así las resultantes de un ajuste de inspección conformado.
-Las retenciones y percepciones -impositivas o previsionales-, por cualquier concepto, practicadas o no, con excepción de los aportes personales de trabajadores en relación de dependencia.
-Los anticipos y/o pagos a cuenta.
-El Impuesto al Valor Agregado (IVA) a ingresar por prestaciones de servicios en el exterior y que sea utilizados o explotados en el país.
-Los aportes y contribuciones al Régimen Nacional de Obras Sociales.
-Las cuotas a las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (ART).
-Los aportes y contribuciones al Régimen Especial de Seguridad Social para empleados del Servicio Doméstico y Trabajadores de Casas Particulares.
-Las cotizaciones fijas de trabajadores en relación de dependencia de sujetos adheridos al Monotributo, devengadas hasta Junio 2004.
-Las cuotas de planes de facilidades de pago vigentes.
-El impuesto Adicional de Emergencia sobre el Precio Final de Venta de Cigarrillos.
Características Planes de Facilidades de Pago:
-Las cuotas serán mensuales, iguales y consecutivas.
-El monto de cada una deberá ser igual o superior a 150 pesos.
-Cantidad máxima de cuotas son 24.
-La tasa de interés de financiamiento del 1,90% mensual.
Condiciones a Cumplir para Adherirse:
-Las declaraciones juradas determinativas de las obligaciones impositivas y de los recursos de la Seguridad Social causa por las que solicitan la cancelación financiada, debe estar presentadas a la fecha de adhesión al régimen.
-Que las obligaciones con vencimientos fijados entre el 1 de Abril de 2014 y la fecha máxima permitida para adherir al plan de facilidades, deben estar presentadas y canceladas o regularizadas, dicho requisito es una condición resolutoria para aceptar el plan propuesto.
-Los empleadores, la cantidad de empleados registrados en la declaración jurada de cargas sociales vencida el mes anterior a la fecha adhesión igual o superior a la cantidad informada en la declaración jurada de cargas sociales del período fiscal Marzo 2014. Dicha cantidad no tendrá que sufrir disminuciones en todo el período de cumplimiento del plan.
Adhesión al Régimen Vía Transferencia Electrónica de Datos:
-cuanto al detalle de los conceptos e importes de las obligaciones a regularizar y el plan de facilidades solicitado.
-Clave Bancaria Uniforme (CBU) de la cuenta corriente o de la caja de ahorro desde la que serán debitadas los importes para cancelar cada una de las cuotas.
-Apellido y nombres
-Número de teléfono celular
-Empresa proveedora del servicio
-Dirección de correo electrónico
-Demás datos de la persona autorizada sea: presidente, apoderado, contribuyente
Siendo necesarios para recibir comunicaciones sobre el régimen para facilitar el diligenciamiento vía servicio de mensajería de texto «SMS», correo electrónico y de «e-Ventanilla».
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