AFIP sigue lanzando novedades como la que rige desde Marzo, respecto a los vencimientos impositivos que solamente se los podrá cancelar al contado. Esto significa que AFIP ya ha eliminado el Plan Permanente de Pagos de Impuestos que estaba vigente dando paso al nuevo Régimen de regularización de deudas impositivas.
La principal consecuencia es que, las obligaciones impositivas y los recursos de la seguridad social, que por su vencimiento de presentación y pago operaran desde el pasado 1 de Marzo de este año, AFIP no podrá financiarlas. Ante la novedad del nuevo Plan de Pagos de Impuestos de AFIP, no dejará que impuestos vencidos contando inicios de Marzo puedan cancelarse en cuotas es un plan de pagos de 120 meses no condona multas ni sanciones.
Así las empresas y contribuyentes particulares desde ahora tendrán que cancelar sus respectivas obligaciones al contado como lo fija la Resolución General 3.451 que elimina el Plan Permanente de Pagos que estaba reglamentado por RG 2.774, ya no corre más.
Todas las obligaciones impositivas y de los recursos de la seguridad social, con vencimiento de presentación y pago y operado al 28 de Febrero de 2013 pueden incluirse dentro del Nuevo Plan de Pagos y los impuestos con vencimiento de presentación y pago que operaron desde el 1 de Marzo no se los podrá financiar. Otros esperan que lo del 28 de Febrero se corrija tomando fechas de nuevas deudas.
No va más el Régimen General Permanente de Facilidades:
Recordemos que este nuevo Plan de Pagos de Deudas a 120 cuotas es decir el Plan de Pagos a 10 años al aplicarse automáticamente elimina el Régimen General Permanente de Facilidades de entre 3 y 36 cuotas, cuya tasa de interés era de entre el 1,25% y el 2%.
Beneficios y Castigos:
Esto hace que el total de impuestos nacionales con vencimiento desde Marzo serán cancelados sin plan de pagos mediante teniendo que ser cancelado con pago al contado. Por lo que el nuevo Plan de Pagos de AFIP beneficia a las deudas previas al 28 de Febrero de 2013, con el castigo sobre los pagos futuros que serán al contado.
Mientras que el castigo de cierta manera caer sobre contribuyentes que sin obligaciones previas ni adeudadas, no podrán beneficiarse del plan de pagos debido a las obligaciones que son posteriores al 1 de Marzo de este año.
¿Pueden Volver el Plan de Pagos Permanente?
Así lo piensan algunos expertos en la materia, estiman que cuando venza el plazo para poder ingresar al nuevo Plan de Pagos Especial, el 31 de Julio de 2013, creen que AFIP volverá al Plan de Pagos Permanente con algunos cambios. Ya que de por si el reciente Plan de Pagos es especial y tiene plazo hasta el 31 de Julio de este año.
Posibilidad de Denunciar al Contribuyente:
También se deja interpretar que, si un contribuyente se allana a la pretensión fiscal por impuesto e intereses podra sufrir la denuncia penal de parte de AFIP cuando el monto regularizado supere $400.000 por impuesto y por año, y hasta el sufrir un sumario administrativo con multas por omisión o por defraudación, según el caso.
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