AFIP Monotributo: nuevos datos de gastos de monotributistas

Si los monotributistas insultan por el impedimento de AFIP para comprar dólares para ahorro; AFIP además decidió reforzar el seguimiento online de los gastos de los monotributistas. Esto hace que las empresas de agua, gas, luz y telefonía deban ampliar el detalle de los consumos de los pequeños contribuyentes que suelen envíar mensualmente a AFIP. Con lo que refuerza el cruce de datos para combatir la evasión en Ganancias, IVA y Bienes Personales que se da entre los monotributistas.

Gastos de Monotributistas

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) vuelve a fijarse en los gastos de los pequeños contribuyentes inscriptos en el Monotributo, reforzando más todavía el fuerte control online que viene aplicando sobre los gastos de los monotributistas.

Información de Empresas de Servicios:

AFIP le exige más datos a las empresas de agua, gas, luz y telefonía fija y de celulares, que deben ampliar los datos que aportan mes a mes, con lo que AFIP profundizará la vigilancia sobre los datos de los inscriptos en el Monotributo, que deben declarar mensualmente ante AFIP. Así refuerza el régimen de información que deben cumplir las empresas de servicios de agua, gas, luz y telefonía fija y de celulares.

Qué Monotributistas Están Bajo la Mira de AFIP:

La reglamentación de AFIP vigente obliga a que las compañías aporten mayores detalles de los monotributistas con un consumo igual o superior a $1.000, o equivalente cuando el período de facturación difiera del mensual. Además de señalar que, «estarán obligadas a informar a todos los que a fin de mes revistan el carácter de sujetos adheridos al Monotributo, independientemente del monto de la operación».

Régimen de Información, Que Datos Deben Aportar las Empresas de Servicios:

-Apellido y nombres, razón social o denominación.
-Domicilio en el que se realiza la prestación del servicio y código postal.
-Domicilio al que se remite la factura correspondiente y código postal.
-Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT), Código Único de Identificación Laboral (CUIL) o Clave de Identificación (CDI).
-Monto total de las operaciones efectuadas en el período informado, por cada prestatario.
-De tratarse de la prestación del servicio de suministro de energía eléctrica se consignará la cantidad de kilovatios utilizados.
-En el caso de provisión de agua o de gas, se informará la unidad y cantidad de unidades consumidas.
-De tratarse de provisión de gas se informará adicionalmente la cantidad de kilocalorías con las que se efectuó el suministro.
-Tipo de prestación.
-Modalidad de pago.
-Categorización frente al Impuesto al Valor Agregado (IVA).

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