AFIP Calendario Vencimientos Impuestos Julio

Llega el mes de Julio y con el AFIP dispone del nuevo Calendario Vencimientos Impuestos Julio 2014 que establece el pago de diferentes tributos, en el que deben cumplir los autónomos y la recategorización, los empleadores y empleadores de Casas Particulares, los alcanzados porel IVA y el Monotributo. Todos estos y cada uno de ellos deberán cumplir con el Calendario de Vencimientos de Impuestos en Julio. También pueden consultar sobre AFIP y el regimen de facilidades de pago: plazo, cuotas y interes.

Tipos de Vencimientos:

-Autónomos
-Empleadores
-Empleadores de Casas Particulares
-IVA
-Monotributo-Pago mnesual
-Recategorización Autónomos

Calendario Vencimientos Impuestos Junio 2014:

Jueves 3:
-Autónomos
Lunes 7:
-Empleadores
Jueves 10:
-Empleadores de Casas Particulares-Pago Obligatorio (F.575)
Martes 15:
-Empleadores de Casas Particulares (F.102/B)
Viernes 18:
I.V.A.
Lunes 21:
-Monotributo-Pago Mensual
 

Nuevo Plan de Facilidades de Pago Deudas Vencidas al 31 de Marzo de 2014:

AFIP lanzó un nuevo Plan de Facilidades de Pago para cancelar obligaciones impositivas, de los recursos de la seguridad social y aduaneras, vencidas al 31 de Marzo de 2014.

1- Obligaciones que Pueden Incluirse:

-Obligaciones impositivas y de los recursos de la seguridad social, y que su vencimiento para la presentación de la declaración jurada y pago del saldo hubiese sido hasta el 31 de Marzo de 2014, sus intereses, actualizaciones y multas.

-Multas aplicadas o cargos suplementarios formulados por el servicio aduanero hasta el día 31 de Marzo de 2014, sus intereses y actualizaciones.

-El impuesto que recae sobre las erogaciones no documentadas, según el Artículo 37 de la Ley de Impuesto a las Ganancias.

-Intereses y demás accesorios adeudados por el impuesto al valor agregado por prestaciones de servicios realizadas en el exterior con utilización efectiva en el país, retenciones y percepciones y anticipos y pagos a cuenta, canceladas hasta la fecha de adhesión al plan.

-Las deudas en discusión administrativa, contencioso-administrativa o judicial, así como en ejecución judicial, en tanto el demandado desista o se allane totalmente y, en su caso, asuma el pago de las costas y gastos causídicos.

-Los ajustes de la actividad fiscalizadora de esta Administración Federal, si están conformados por el responsable y las obligaciones respectivas susceptibles de ser incluidas.

-Las cuotas mensuales del impuesto integrado y las cotizaciones previsionales fijas de los sujetos adheridos al Régimen Simplificado de Pequeños Contribuyentes (Monotributo).

-Obligaciones de cualquier naturaleza que hayan sido incluidas en planes de facilidades de pago presentados a través del Sistema “MIS FACILIDADES” que se encuentren caducos con anterioridad al día 31 de marzo de 2014 y sean susceptibles de ser incluidas.

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