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Reintegro en efectivo retencion Ganancias
Luego de que fuera sancionado en el Congreso Nacional el proyecto introduciendo los cambios consignados por las Resoluciones Nº 2.866 y 3.008 de la Administración Federal de los Ingresos Público, AFIP, se procederá al reintegro en efectivo de los retenido en el Impuesto a las Ganancias durante los años 2010 y 2011. La devolución solamente será para aquellos que se les dejo de retener el tributo ya que los que tiene sueldos más altos continuaron tributando y pudieron conmutar los saldos a favor en las retenciones posteriores.
Solamente esta devolución corresponde a los empleados que se les dejo de retener el impuesto, debido a que aquellos con sueldos más elevados continuaron tributando y posteriormente fueron deduciendo en las retenciones posteriores del impuesto, con los saldos a su favor.
Con la liquidación final del mes de febrero del 2012, se les devolverá en efectivo lo retenido por el Impuesto a las Ganancias a los empleados a los que en julio de 2010 les dejaron de retener el Impuesto a las Ganancias por la aumento del 20% del Mínimo no Imponible y las deducciones del gravamen Pudiendo reclamar el reintegro de lo retenido entre enero y junio del año pasado.
Esto se debe a la aprobación de la Ley que avala las modificaciones introducidas por la AFIP simplemente mediante las resoluciones, por lo que en febrero de 2012 juntamente con la liquidación final se les deberá devolver lo retenido.
Modificaciones piso de Ganancias
La Comisión de Presupuesto y Hacienda de la Cámara de Diputados se abocó a tratar el paquete de proyectos de índole financieros, entre los que se encontraba el de la reforma de la Ley del Impuesto a las Ganancias. Fue emitido un Dictamen favorable para que el Gobierno pueda modificar el piso de este tributo para que los trabajadores paguen menos.
El lunes el oficialismo luego de aprobar sin debate el proyecto de Presupuesto 2012, consiguió emitir dictámenes favorables a las prórrogas de la Ley de Emergencia Económica (por 2 años), a los Impuestos a los Cigarrillos (1 año) y al cheque (1 año), y a la Importación y Exportación de Hidrocarburos (5 años).
Luego de que la Comisión de Presupuesto y Hacienda de la Cámara de Diputados emitió un dictamen favorable para que el Gobierno modifique los valores del mínimo no imponible y las deducciones del artículo Nº 23 de la Ley del Impuesto a las Ganancias sin necesidad de que el proyecto pase primero por el Parlamento.
Por lo tanto, será responsabilidad de la Presidenta la de cambiar los valores del Mínimo no Imponible y de las deducciones por cónyuge, hijos, familiares a cargo y otros.
Roberto Feletti en declaraciones radiales sostuvo que el proyecto no hace más que “regularizar una situación preexistente” y permite “que los trabajadores no se vean afectados” con las negociaciones de las paritarias.
Concretamente el Art. 4to.) dice que:
“Facúltese al Poder Ejecutivo a incrementar los montos previsto en el artículo 23 de la Ley de Impuesto a las Ganancias, texto ordenado en 1997 y sus modificaciones, en orden a evitar que la carga tributaria del citado gravamen neutralice los beneficios derivados de la política económica y salarial asumida”.
Las primeras definiciones del equipo de Hernán Lorenzino al frente del Ministerio de Economía hacen hincapié no sólo en el Presupuesto 2012 y en el pago de la deuda, sino que también ponen el acento en lo que será la política salarial del Gobierno para el año próximo.
El Gobierno pretende que el promedio de aumento salarial se ubique en torno del 20%, mientras que el sector empresarial quiere que se evalúe la competitividad por sectores y los sindicatos presionan para que no haya techos en las negociaciones salariales. La definición de un aumento del mínimo a partir del cual los trabajadores empiezan a pagar Ganancias sujeto por paritarias tensa así aún más esta relación del Gobierno con el titular de la CGT, Hugo Moyano.
Actualmente, los trabajadores solteros en relación de dependencia, con ingresos mayores a $5.782, y los casados con dos hijos, con ingresos de $7.998, comienzan a pagar el impuesto.
La actualización de estos topes se realiza con regularidad todos los años, tras pedidos de la CGT y el cierre de gran parte de las negociaciones paritarias y es este promedio el que termina guiando el porcentaje de aumento del mínimo no imponible de Ganancias. La idea de determinar estos incrementos es que lo que sube el salario no quede absorbido luego por el gravamen.
A todo esto se le suman otros temas pendientes para la CGT, como el tratamiento del proyecto de distribución de las ganancias empresariales entre los trabajadores y los fondos de las obras sociales.
Impacto de aguinaldo sobre ganancias
Por la incidencia del medio aguinaldo y los aumentos nominales de los salarios acordados en las paritarias, en la segunda mitad del año se reavivó el debate sobre el impacto negativo del impuesto a las Ganancias en los sueldos de los trabajadores.
Lo que sucedio es que quienes pagan este impuesto tuvieron un descuento mayor con el cobro del sueldo de junio y la primera cuota del sueldo anual complementario.
Con la suba anunciada en abril del 20% del mínimo no imponible de Ganancias una parte de los trabajadores que tributaban ese impuesto dejaron de sufrir descuentos o pagaron menos .
Según informó en su momento la AFIP, los alcanzados por Ganancias bajaron de 1.208.392 a 802.475. Pero a medida que se fueron actualizando los salarios, esos asalariados-contribuyentes volvieron a pagar Ganancias con la misma o mayor carga impositiva que antes y se agregaron otros varios miles más.
Todo indican que si se ajustaran las escalas por la inflación acumulada, la mayoría de los que hoy pagan seguirían pagando pero con la tasa del 9%, en lugar del 14, 19, 23% o más.
Este año, están alcanzados por Ganancias los solteros que tienen un ingreso de bolsillo de más de $ 5.782 mensuales y los casados con 2 hijos que cobran en mano más de $ 7.998 mensuales.
Ganancias y Bienes Personales Trabajadores en Relacion de dependencia
La Administración Federal de Ingresos Públicos, AFIP, dispuso que los trabajadores en relación de dependencia que ganen desde $7.385. por mes deberán declarar el patrimonio y que los que superen los $11.075.de sueldo bruto, o sea $144.000, al año y cuyos ingresos sean exclusivamente de sus labores como dependiente, deberán hacer la presentación de una Declaración Jurada simplificada del Impuesto a las Ganancias.
Esta obligación es solamente de presentación ya que los mismos todos los meses van pagando el tributo con las retenciones sobre los sueldos practicadas por sus empleadores.
- Trabajadores en relación de dependencia que ganan como mínimo $11.075.- brutos por mes o sea $144.000 al año presentar Declaración Jurada Simplificada del Impuesto a las Ganancias.
- Trabajadores en relación de dependencia que ganan $ 96.000.- declarar el detalle del patrimonio al 31 de diciembre del año 2010, mediante la presentación de la declaración del Impuesto sobre los Bienes Personales.
Las declaraciones juradas se deberán confeccionar mediante la utilización de la versión del aplicativo unificado denominado Ganancias Personas Físicas y Bienes Personales.
Y los trabajadores en relación de dependencia que superen los $144.000 brutos anuales podrán optar por elaborar la presentación a través del servicio denominado “Régimen Simplificado – Ganancias Personas Físicas”.
Como sabemos la AFIP obliga a los trabajadores en relación de dependencia a presentar antes del día 30 de junio de 2011, una Declaración simplificada de Ganancias o de brindar el detalle de su patrimonio. Las declaraciones juradas tendrán el carácter de informativas, excepto que de ellas resulte saldo a pagar o a favor del contribuyente.

