IVA

El impuesto al valor agregado (IVA) es un impuesto que se aplica al consumo, es decir, a la comercialización de bienes, a la prestación de servicios y a las importaciones de determinados productos. En Argentina, el IVA es del 21%.

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En pocas palabras, el IVA es un impuesto que grava la comercialización de bienes como alimentos, bebidas, indumentaria, artículos de electrónica, combustibles, entre otros, así como también los servicios públicos, seguros, etcétera.
En teoría, el IVA constituye una forma de recaudación del Estado para redistribuir ingresos desde los sectores más ricos hacia los más carenciados, aunque en la práctica es discutible que efectivamente sea así.
De esto se desprende que todos – ya seamos empresas, personas adultas o niños – cada vez que consumimos algo estamos pagando IVA, ya que somos los consumidores finales del producto o servicio.
No obstante, hay bienes que están exentos de IVA en Argentina. Estos son:

  • libros, diarios y publicaciones periódicas
  • estampillas de correo
  • billetes para viajar en transportes públicos y boletos de espectáculos teatrales
  • agua ordinaria natural
  • pan común y leche sin aditivos (cuando el comprador es consumidor final, el Estado nacional, provincial o municipal, obras sociales o comedores escolares)
  • las exportaciones

Y también servicios que están exentos de IVA:

  • prestados por escuelas privadas incorporadas a la enseñanza oficial
  • prestados por las obras sociales
  • transporte internacional de personas y transporte nacional de personas que no supere los 100 kilómetros
  • prestados por agencias de lotería
  • prestados por servicio doméstico

Para poder realizar un análisis comparativo del IVA en Sudamérica, estos son los % del impuesto que se cobran en diferentes países:
Argentina: 21%
Bolivia: 13%
Chile: 19%
Colombia: 16%
Ecuador: 12%
Paraguay: entre un 5% y 10%
Perú: 16%
Uruguay: entre 14% y 23%
Venezuela: entre 8% y 16,5%
Brasil: entre 7% y 25%
Todas las preguntas y respuestas más frecuentes sobre el IVA.
Ley argentina del IVA N°20631.
Imagen: dconta.net

4 comentarios

  1. En el caso de 1 empresa constructora sobre inmueble ajeno dedicado a mamposteria gruesa, el cual factura al 10,5%. si esta se encarga de la compra de materiales y luego los certifica al propietario, debe facturar todo al 10,5%? o separadamente los materiales al 21%?.
    gracias.

  2. Buen post, la verdad muy completo e interesante.
    Acá en Guatemala la tasa del impuesto al valor agregado, está al 12% tanto para adquisición de bienes o servicios, Igual tasa se da para las importaciones, pero las exportaciones, por generar riquezas (divisas) para el pais, quedan exentas.

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