El impuesto de sellos grava a los contratos a título oneroso realizados entre privados. En este sentido, alcanza a las Escrituras Públicas o instrumentos de cualquier naturaleza u origen por los que se transfiere el dominio o se otorgue la posesión de inmuebles situados en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y a los contratos de locación y sublocación de inmuebles en los que se desarrollen actividades comerciales y de viviendas con muebles que se arrienden con fines turísticos.
Están sujetos también al Impuesto de Sellos los actos y contratos de carácter oneroso, siempre que se otorguen en jurisdicción de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, así como también los otorgados fuera de ella y que produzcan efectos en la jurisdicción de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, formalizados en instrumentos públicos o privados, o por correspondencia, así como los que se efectúen con intervención de las bolsas o mercados de acuerdo con lo que se establece a dichos efectos.
La alícuota general del Impuesto a los Sellos en la Ciudad de Buenos Aires se encuentra en 0,80%. Sin embargo, existen alícuotas diferenciales para otros contratos o instrumentos jurídicos concretos. A continuación, le acercamos las alícuotas específicas para cada caso en especial:
- Se Fija en 1% la alícuota aplicable a los instrumentos mediante los cuales se formalice la transferencia temporaria o definitiva de los contratos de los jugadores de futbol profesionales ya las operaciones monetarias.
- Se Fija en 1% (hasta el 2012, era el 0% ) la alícuota para los instrumentos de cualquier naturaleza u origen por los que se transfiere el dominio de automóviles nuevos radicados o que se radiquen en la CiudadAutónoma de Buenos Aires
- Se Fija en 3% (hasta el 2012, era el 1,50% ) la alícuota para los instrumentos de cualquier naturaleza u origen por los que se transfiere el dominio de automóviles usados radicados o que se radiquen en la CiudadAutónoma de Buenos Aires
- Se Fija en 2,50% la alícuota aplicable a toda transmisión de dominio a título oneroso de bienes inmuebles, así como también a los contratos de compraventa de inmuebles o cualquier otro acto por el cual se transfiera el dominio de inmuebles situados dentro y fuera de la Ciudad Autónomade Buenos Aires
- Se Fija en 2,50% la alícuota a aplicar en los casos de transferencia de buques
- Se Fija en 0,50% la alícuota aplicable a contratos de leasing, locaciones, y sublocaciones de inmuebles ubicados en una o en varias jurisdicciones. El ejemplo más común de ello son los contratos de alquiler de viviendas o de negocios.
Exensiones del Impuesto de Sellos en la capital
Como todo impuesto que se precie de tal, existen exensiones o desgravaciones del impuesto de sellos en la Ciudad de Buenos Aires. Ellas son:
- Se Fija en $360.000 el importe máximo del valor fiscal o valor de la operación -el mayor relativo a las escrituras públicas de inmuebles situados en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, destinados a vivienda única, familiar y de ocupación permanente, y que constituyan la única propiedad en cabeza de cada uno de los adquirentes, a efectos de considerarlas exentas delpago del impuesto.
- Se Fija en $10.000 el importe máximo del valor fiscal relativo a las escrituras públicas traslativas del dominio de terrenos baldíos, situados en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, cuyo destino sea la construcción de viviendas, a efectos de considerarlas exentas del pago delimpuesto
- Se Fija en $288.000 el importe máximo del valor fiscal relativo a las operaciones de crédito y constitución de gravámenes para la compra, construcción, ampliación o refacción de la vivienda única, familiar y de ocupación permanente, otorgados por instituciones financieras regidas por la Ley Nº 21.526, a efectos de considerarlas exentas del pago del impuesto. Estas son, en pocas palabras, las operaciones de tomadores de Hipotecas.
- Fija en $8.000 el importe máximo del valor fiscal relativo a las operaciones de crédito y constitución de gravámenes para la adquisición de lote o lotes baldíos, destinados a laconstrucción de la vivienda única, familiar y de ocupación permanente, otorgados porinstituciones financieras regidas por la Ley Nº 21.526, a efectos de considerarlas exentas delpago del impuesto. Si con posterioridad a la celebración del acto operara la desafectación del destino, la dispensa decaerá de pleno derecho, en cuyo caso el adquirente deberá abonar latotalidad del gravamen en oportunidad de operarse el cambio de destino
- Se Fija en $30.000 el importe máximo del valor fiscal relativo a las adquisiciones de dominio como consecuencia de juicios de prescripción, cuando sean inmuebles edificados de uso familiar,a efectos de considerarlas exentas del pago del impuesto.
Como pagar el Impuesto de Sellos
Existe una forma fácil de pagar, mediante la emisión de la boleta vía online. En el caso de perfeccionarse cualquier instrumento alcanzado por este impuesto sin la intervención de escribano el gravamen deberá ingresarse dentro de los quince días corridos de la celebración de dicho documento.
Además, en todo instrumento alcanzado por este tributo en el que intervenga un escribano, el mismo queda designado como agente de retención del impuesto.
La base imponible del Impuesto de Sellos esta constituida por el precio, monto o valor susceptible de apreciación dineraria asignado a la operación o la valuación fiscal, el que fuera mayor.
En los instrumentos relacionados con operaciones de contratos de locación y sub-locación de inmuebles para desarrollar en ellos actividades comerciales y locación de vivienda con muebles arrendadas con fines turísticos, la base imponible estará constituida por el importe pactado en concepto de alquiler, canon locativo mensual, por el tiempo de duración del contrato.
Con respecto al impuesto de sellos:
quisiera saber si la alícuota del 0,5% para contratos de locacion comercial está actualizada. Porque en la web de rentas me calcularon el valor a pagar tomando como alícuota un 0,8%.
NO MIRA LA VERDAD PARA EL 0,8 % ……………
ESTA DESACTUALIZADA
Hola necesito realizar el impuesto a los sellos para la habilitacion de mi local necesito la boleta via online.
Agradezco respuesta.
Hola, yo cuando tengo que sellar algo lo hago en la bolsa de comercio de bahia blanca ahi me hacen todo lo referido al impuesto de sello y se encargan de todo. si a alguien le interesa el representante comercial que me atiende es alvaro catto 4346-6000 int: 130
Consulta: yo hice una cesion de un boleto de un depto. y nos cobraron el 0,8% de impuesto al sello. Ahora la persona a la cual yo cedi el bien deberian cobrarle el 2,5% de impuesto al sello, la pregunta es, a este 2,5% deberian descontarle el 0,8% que abonamos con anterioridad?
Mi necesidad es comunicarme con alguien que trabaje en sellos , para poder evacuar dudas; de ser posible con el señor Darío.
quisiera saber si el impuesto a los selloa sobre un contrato cualquiera se paga por el monto con iva o sin iva
si yo pago un alquiler mensual de 3500,¿cuanto me corresponde pagar de impuesto al sello?
Neces to pagar el impuesto de sellos como escribana de provincia sobre un inmueble de capital.. Hay algún formulario nuevo..Cómo entro en la pagina.
En la bolsa de comercio de bahia blanca brindamos servicio de administracion y liquidacion del impuesto de sello a las empresas desde hace 30 años, con alicuotas reducidas en donde la legislacion permite y sin gargo extra en CABA. Mi nombre es Matias y mi mail es mmedone@bolsacombblanca.com.ar por cualquier inquietud. Slds
Bune día
Queria hacerles una consulta de sellos, dado que estoy evaluando los contratos de una empresa
Empresa que presta los siguientes servicios:
* Consultoria de seguridad informatica SAP
* Vende licencias para el producto de seguridad informatica
Mis dudas son las siguientes:
1) Cuando el contrato no establece un monto determinado fijo, cual es el monto sobre el cual se deberia pagar el impuesto a los sellos?
2) Cuando el contrato establece que se va a facturar de acuerdo a las horas trabajadas por la empresa que presta el servicio, y el contrato establece el valor de las horas, dependiendo si la tarea las hace una u otra persona?
3) si el contrato se confecciona con un cliente del exterior, y el trabajo se desarrolla parte desde aca y parte desde el exterior, como es el calculo del impuesto?
4) La mayoria de los contratos que tiene la empresa, son con clientes del exterior en ingles. Esto influye en algo?
Les agradeceria me asesoren lo antes posible dado que es muy urgente
Desde ya muchas gracias
Atentamente
Tengo que habilitar un local en Capital Federal y no se como hacer para pagar el impuesto al sello y me lo piden obligatoriamente, me pueden ayudar?