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El impuesto a las ganancias es un tributo que pagan tanto las empresas como las personas físicas que ganan una cantidad mínima de dinero por mes, y se calcula en proporción a sus beneficios. Es decir, se trata de un impuesto progresivo. En el país es uno de los más importantes del fisco y su compleja confección incluye distintas bases imponibles, deducciones, diferentes alícuotas y varios hechos gravados.
El ingreso para pagar varía de acuerdo a si se trata de solteros o casados con hijos. En el caso de asalariados solteros es tributado por aquellos que ganan más de $5782. Los casados, con dos hijos, pagan a partir de los $7988.
El tributo pasó a estar en el foco de atención luego del reclamo de Camioneros para subir el mínimo no imponible y modificar la ley de impuesto a la ganancia dado que argumentan que ”El salario no es ganancia”.
Para pagar menos hay deducciones permitidas que no son muy conocidas que ayudan a los asalariados alcanzados por el impuesto a liquidar gastos. Hay tres tipos de deducciones previstas en el cálculo de cuánto toca pagar: las obligatorias (jubilación, obra social y PAMI); las personales (cónyuge, hijos, familiares a cargo…) y las permitidas . Este último grupo considera la posibilidad de producir importantes ahorros en el pago de este tributo. Continue reading →
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