Entre las exenciones en algunos impuestos que ha generado la inundación del pasado 2 de Abril, una de ellas es la que disponen los inundados, unas exenciones en el Impuesto a los Automotores de parte de ARBA, para los contribuyentes bonaerenses que fueron afectados por las inundaciones.
Exención Cuota 2 del impuesto Automotor:
En cuanto al Impuesto a los Automotores, existe una exención solo para aquellos contribuyentes cuyos vehículos afectados sufrieron daños ARBA les viene ofreciendo el poder tramitar las exenciones tras ser aplicable la Ley sancionada por la Legislatura, para tal fin.
Dicho proceso para la emisión y distribución de las boletas de Arba que vienen con la cuota 2 del Impuesto a los Automotores, venció entre el 7 y el 13 Mayo pasado, y fuera antes del 2 de Abril día de la inundación. ARBA señala que el procedimiento precisa de un plazo amplio anterior para así garantizar que los respectivos comprobantes puedan ser enviados y recibidos en tiempo y forma a los contribuyentes afectados.
Por lo que, Arba les recuerda a los contribuyentes bonaerenses propietarios de automotores afectados por la inundación y sus efectos y que hubieran ya pagado la Patente podrán recibir -si correspondiera- el beneficio, en forma de compensación por los montos pagados por dicho tributo.
¿ARBA igual cobra patentes por autos dañados por la inundación?
Aunque por un lado ARBA hable de lo bondadosos que son al aplicar excensiones, existirían denuncias y casos de propietarios que aunque fue aprobada la mencionada exención del impuesto Automotor, los propietarios damnificados igual Arba les estaría exigiendo pagar la segunda cuota de 2013, algando que no está reglamentado.
Si bien hasta mitad de Mayo la exención del impuesto Automotor para damnificados por la inundación no había sido reglamentada, ARBA se valía de esto para exigirles que abonen la segunda cuota de 2013, sin importar si sus autos estuvieran sin poder circular por haber sido totalmente dañados por la inundación en la ciudad de La Plata y demás localidades.
A varios propietarios les llegó la boleta a sus domicilios aunque era claro que sus vehículos fueron afectados por el temporal-desde Arba seguramente alegaran que no vieron ningún documento y/o imagen sobre el mismo-, esto hizo que además de subirles la presión tuvieran que presentar un reclamo los mismos contribuyentes, ya que incluso o tienen su auto sin usarlo y tirado como cualquier auto abandonado o directamente no lo tienen ya que sus aseguradoras les reconocieron la «destrucción total» del vehículo.
Así es como los propietarios de los autos damnificados debieron ir hasta alguna de las oficinas de ARBA y acogerse al beneficio de no pagar el Impuesto a los Automotores, y al menos durante Mayo los empleados de Arba le negaron tal posibilidad alegando no estar reglamentada la exención, quedándoles el clásico «pague ahora y quéjese después».
Exenciones Sobre los impuestos Inmobiliario y Automotor:
Recordemos que en la lista de medidas, ayudas y exenciones a los inundados del 2 de Abril, el gobierno provincial los eximió a los contribuyentes afectados en sus viviendas y autos a no pagar los impuestos Inmobiliario y Automotor. El mencionado beneficio por el Inmobiliario fue por el decreto (152/13) y ARBA decidió definir de oficio los alcances del mismo.
ARBA se vale de imágenes satelitales para determinar las zonas afectadas por la inundación y así ver al alcance de los daños y definir un rango de contribuyentes dentro de las zonas inundadas de La Plata, Berisso, Ensenada y los partidos de San Martín, La Matanza y Vicente López a los que liberó de tributar los meses que queden de 2013. Así por elimpuesto Inmobiliario, los contribuyentes que hubieran pagado dicho impuesto en forma de adelanto anual, el monto cobrado por ARBA se les acreditará por el año fiscal 2014.
Diferentes es lo que pasa con la eximición del impuesto Automotor, ya que la norma no estaba vigente al menos hasta mitad de Mayo y faltaba fijar los alcances, ya que según ARBA a nivel técnico es muy difícil poder determinar qué vehículos pueden acceder a dicho beneficio.
En algunos casos ejemplos, hay contribuyentes que fueron a una agencia de ARBA, para explicarles que no les correspondía pagar la patente del auto ya que según su aseguradora lo calificó de «destrucción total» además de descansar en el deposito de la aseguradora. Algo insólito es que ARBA reconoce que existe la Ley para la excensión pero que por ahora no sabe la forma en aplicarla.
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