Entre las muchas novedades que presenta AFIP una de ellas se en lo referido a la notificación de los plazos en las operaciones sobre comercio exterior, lo que plantea algunas dudas sobre los cambios que informa AFIP en mcuanto a las notificaciones. Cómo operar con el Sistema de Comunicación y Notificación Electrónica Aduanera (SICNEA).
El nuevo sistema de notificación que aplicará de ahora en más AFIP, para comunicar respecto a los plazos para las operaciones respecto al comercio exterior, lo que responde a otra mejora en el sistema de gestión electrónica más de la Administración Pública que sirve para sistematizar los siguientes aspectos:
-Procesos
-Comunicaciones
-Fiscalizaciones
-Requerimientos
-Notificaciones de determinados actos.
Quedando aprobado vía el Decreto N° 378/2005- los diferentes lineamientos estratégicos para el «Plan de Gobierno Electrónico». Por lo que AFIP impulsa cada vez más las herramientas tecnológicas que permita mejorar y elevar los niveles de transparencia en actos públicos con lo que a su vez se mejora en rapidez de respuesta a diferentes necesidades y requerimientos de los contribuyentes.
Otro de los pasos es la digitalizar «teniendo validez legal» la documentación pública, además de que se pueda intercambiar la información del Estado con los contribuyentes por medio electrónicos que no sean mediante en papel.
Recordando que el 24 de Mayo de 2012 el Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, vía Resolución N° 230/12, para que la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) aplique la notificación electrónica de los actos según el artículo 3° de la Resolución Nº 187/12, tal como lo establece el mismo.
Lo que hace a la comunicación que permiten notificar las excepciones si cumplen con los plazos de la Resolución N° 142/12 en cuanto a ingreso y liquidación de divisas por operaciones de exportación y que alcanzan a los que en 2011 registraron exportaciones totales menor a los (u$s2.000.000), siempre en base de cálculo valores (FOB). A lo que el 10 de Abril según en el Boletín Oficial la Resolución General AFIP N° 3474.
Vía dicha Resolución, se pone en marcha el «Sistema de Comunicación y Notificación Electrónica Aduanera» (SICNEA), que le parmite a AFIP basarse en este ssitema a la hora de comunicar y notificar sobre los procesos de gestión y control y demás actos siempre a partir de la norma vigente.
Se trata de un servicio Web tienen carácter automático para los auxiliares del comercio y del Servicio Aduanero, y los que estén alcanzados por el Artículo 109 del Código Aduanero y también a los importadores y exportadores usuarios y/o que deban acceder a algunos de los regímenes especiales que figuran en la norma del Régimen de Aduanas Domiciliarias, entre otros.
Los operadores, deberán utilizar el nuevo sistema aduanero a partir del Res. Gral. 3474/13 y que AFIP llama «Sistema de Comunicación y Notificación Electrónica Aduanera» (SICNEA). Se trata de un servicio «Web». El SICNEA se vuelve una condición necesaria para inscribir y permanencer en los registros especiales aduaneros.
Por el lado de los otros operadores de Comercio Exterior, que no figuran, tinen la posibilidad de adherirse a través de un trámite de aceptación y transmisión electrónica y así quedarán incluidos.
Además según la norma, los documentos digitales tendrán validez legal y eficacia jurídica, ya que podrá ser tomado como documento de prueba suficiente que sirva para comprobar su existencia y de la información que poseen. La norma se puso en marcha el 2 de Mayo de 2013.
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