AFIP Inspector Virtual

Por si no fuera poco la AFIP además de lanzar operativos con sus agentes ahora se vuelca por que su brazo tributario tenga alcance desde la Web, ya que AFIP para captar morosos lo hará con el «inspector virtual» para AFIP fiscalizaciones electrónicas, debido a esto es que el titular de AFIP, Ricardo Echegaray, les solicita a los contadores que estos salgan a recomendarle a la cartera de clientes que se vayan poniendo al día en el pago de impuestos.

Otro pedido es el que le informen a cada cliente que AFIP lleva adelante el cruce de datos como método de encontrar ciertas inconsistencias una vez detectados podrán elevar los casos a la Justicia de los contribuyentes que sean morosos o tengan alguna incogruencia.

Con esto AFIP, dará impulso al sistema de Inspector Virtual su nueva herramienta para fiscalizaciones electrónicas que tiene por objetivo la lucha contra la evasión en el Impuesto a las Ganancias y Bienes Personales. Una ayuda para evitar detectar a contribuyentes en falta-recordemos que la AFIP no le gusta nada detectar contribuyentes en falta y morosos, para nada-.

Se les pide a los contadores que creen conciencia entre sus clientes para que si no lo están de pongan al día en el pago de diferentes impuestos además de que AFIP por si nolo saben realiza cruces de datos y es fácil que sean detectados así que aunque sea por temor deberían pagar sus impuestos.

Así AFIP decide pedirle colaboración a los miles de contadores en que sean de cierta forma comunicadores de la política de AFIP y elevar el número de contribuyentes que cumplan con el pago de impuesto y reducir la morosidad en cuanto al pago de bienes y servicios que deben tributar.

El sistema de AFIP de inspecciones online, habilitado por Resolución General 3.416, permite que AFIP lleve adelante las investigaciones a los contribuyentes de forma no presencial y vía Web sin tener que hacerse presente en el domicilio del contribuyente.

Tomando la normativa, AFIP tendrá como primer paso notificarle al contribuyente en cuestión en domicilio declarado. Si ante esto fuera negativa la misiva -notificación-esto es en caso de no haberse recibido o la dirección del domicilio es incorrecta.

AFIP, tiene el derecho a llevar adelante diferentes metologias, entre ellas la de dejar la notificación al portero o al encargado cuando el domicilio sea un edificio o en todo caso adherida en la puerta. Habiendo un plazo de los 10 días siguientes a la notificación, el contribuyente tendrá que responder sobre el requerimiento de AFIP.

Cómo Responder al Requerimiento de AFIP:

La forma de responderlo es ingresando a la Web y luego al servicio «AFIP – Fiscalización Electrónica» – Opción «Cumplimiento de Requerimiento Fiscal Electrónico». Una vez en ahí, tienen que ingresar el «Número de Fiscalización Electrónica», respondiendo en línea el requerimiento de parte de AFIP.

Otra posibilidad es la de adjuntar usando similar vía bajo el formato «pdf»- enviando como prueba documental que deseen presentar siempre que AFIP no la posea. Según la reglamentación señala que, más allá de la información, datos y documentación por transferencia electrónica usando Servicios «AFIP – Fiscalización Electrónica» deben entenderlo como la declaración jurada por lo que no es solo envío de información.

Sé el primero en comentar

Dejar una contestacion

Tu dirección de correo electrónico no será publicada.


*